En las primeras décadas del
siglo XX, al calor de las líneas de
ferrocarril y la instalación de diversas empresas en
Mataporquera, la
población del municipio aumentó de 2.335 habitantes en 1900 a 4.592 en 1950 (un crecimiento de un 96%). La emigración y el cierre de varios establecimientos industriales en las décadas siguientes se tradujo en un brusco retroceso, con una pérdida del 67%, de los habitantes hasta el año 2000, que entonces eran 1.503. La tendencia regresiva persiste y en 2003 el número de vecinos de
Valdeolea era de 1.372. Atendiendo al perfil de los vecinos, predominan los adultos con una edad media de 49,9 años y una tasa de dependencia
general del 83,9%.
Valdeolea es clave para conocer el proceso de romanización de la
Cantabria antigua. Su territorio era atravesado por la
vía que unía Pisoraca (Herrera de Pisuerga) con Portus Blendium, y sus
campos, marcados por numerosos términos augustales –se han localizado casi una veintena– que separaban los prata de la Legio IIII Macedonica del ager de Iuliobriga, el asentamiento
romano más importante que hubo en el
antiguo territorio
cántabro y cuyos
restos se alzan en el vecino
Campoo de Enmedio. De aquellos
tiempos sobresale el yacimiento de
Camesa-
Rebolledo, sobre el cual se especula pudiera ser Octaviolca. Se trata de una
villa con varias dependencias termales, que alojó más tarde un templo cristiano y una
necrópolis, ejemplos de la repoblación de la comarca en la Alta Edad Media.
En el siglo X, durante el reinado de Alfonso III de
Asturias, Valdeolea y su entorno figuraban integrados en una demarcación territorial denominada
Campo Pau. Ya en 1183, en una donación que el rey Alfonso VIII de Castilla hizo al obispo de
Burgos, la comarca es ya registrada como Campoo y dos siglos más tarde, en el Becerro de Behetrías de 1351, figura dentro de la merindad de
Aguilar de Campoo.
Entretanto, los asentamientos permanentes que surgieron en estos siglos en el territorio de Valdeolea se articularon en catorce concejos, institución llamada a pervivir durante todo el Antiguo Régimen: Camesa, con los
barrios de Barriopalacio, Camesa y Rebolledo; Castrillo y
barrio de La Haya;
Cuena y las
casas de
Monasterio; Espinosa; La Loma; Mata de Hoz; Mataporquera;
Matarrepudio;
Olea;
Reinosilla y venta de
Casasola;
Santa Olalla; el
concejo mayor de Las Quintanillas, compuesto por
Bercedo, Las Henestrosas,
La Quintana y Las Quintanillas; y las villas de
Hoyos y
San Martín. Todos ellos dependían del rey, salvo Hoyos y San Martín, que, desde mediados del siglo XV, estuvieron vinculados a la
casa Bravo Hoyos. La regulación del funcionamiento de cada concejo se establecía en unas ordenanzas, de las cuales solo se conservan las de Camesa y algunos capítulos de las de Mataporquera. Según las primeras, el concejo estaba administrado por dos regidores y contaba con un fiel, encargado del cobro de repartimientos vecinales.
En los siglos XIV y XV los concejos de los territorios de Campoo se agruparon en las hermandades de Campoo de Enmedio, Campoo de Suso, Campoo de Yuso, Valdeolea, Valdeprado, Los Carabeos y Cinco Villas. Cada una elegía anualmente a un procurador síndico general, vocal nato en las juntas del
Ayuntamiento General de la Merindad de Campoo en la villa de Reinosa. Este oficial presidía la
Junta de Hermandad, compuesta por los regidores y fieles-diputados de los concejos. Todos los años se celebraba una Junta (no había
fecha fija para la Hermandad de Valdeolea) presidida por el corregidor de Reinosa (cargo creado a
finales del siglo XV), en la cual elegían a los procuradores síndicos, a los alcaldes de la Santa Hermandad y, desde 1766, a los diputados de abastos y ‘personeros síndicos del común’. Se reunía en Casasola y formaban parte de ella todos los concejos del
valle a excepción de las villas de Hoyos y
San Martín de Hoyos y Cuena, que, no obstante, sí pertenecía a la Merindad de Campoo.
Durante el Antiguo Régimen las siete hermandades, la villa de Reinosa y
Valderredible formaron parte de la jurisdicción
conocida como Corregimiento de Reinosa y Merindad de Campoo (Partido de Reinosa), incluido en el partido de
Palencia de la provincia de
Toro, circunscripción fiscal surgida en torno al año 1500. Tras la llegada al poder de la dinastía de los Borbones se trató de generalizar y uniformizar la
división territorial del
Estado, creando intendencias que reunieran las funciones de justicia, policía, finanzas y guerra. Tras varios reajustes quedaron reducidas a 22 en 1749. En las primeras décadas del siglo XIX esta zona conoció diversos cambios: el 24 de agosto de 1803 se suprimió la provincia de Toro y el 1 de enero de 1806 el partido de Reinosa quedó incorporado a la provincia de Palencia. Entre 1810 y 1813 formó parte de la prefectura de
Santander; de 1814 a 1822 pasó a la provincia de Palencia; en 1822 quedó incluida en la provincia constitucional de Santander; entre octubre de 1823 y 1833 volvió a formar parte de la provincia de Palencia. Finalmente, en noviembre de 1833 se incorporó definitivamente a la provincia de Santander. Figura como ayuntamiento en el Decreto orgánico de 23 de julio de 1835, dentro del partido judicial de Reinosa.
MATAPORQUERA: 1. en la prov. de Santander (15 ½ leg.), part. jud. de Reinosa (2 1/2), dióc., aud. terr. y c. g. de Burgos (14 leg.), ayunt. de Valdeolea (3/4). SIT. al pié de una
cuesta; su CLIMA es frio; sus enfermedades más comunes reumas y constipados. Tiene 19 CASAS;
escuela de primeras letras por 5 meses, frecuentada por 12
niños de ambos sexos que satisfacen al maestro una módica retribución; igl. parr. (Santa Eulalia) servida por un cura de ingreso y provisión del diocesano; una
ermita en las afueras y buenas
aguas potables. Confina N. Matarrepudio; E.
Quintanas; S. Cuena, y O. Las Quintanillas. El
TERRENO es de mediana calidad y de secano, a pesar de cruzarle el r. titulado Camesa. Hay un
monte de
roble y matas bajas, y algunos
prados naturales. Los
CAMINOS dirigen a Aguilar de Campó,
pueblos comarcanos, y Reinosa, de cuyo último punto recibe la CORRESPONDENCIA, PROD.: trigo, cebada, legumbres y patatas; cría
ganado vacuno, caballar y lanar;
caza de varios
animales, y
pesca de truchas, anguilas y otros peces, IND.: transportes de efectos comerciales de Castilla á Reinosa y otros puntos, POBL.: 17 vec, 79 alm. CONTR.: con el ayunt.
* Diccionario geográfico-estadístico de
España y sus posesiones de Ultramar, Pascual Madoz.
Madrid, 1845