¡ALCALDADA SIN PALIATIVOS!.
Aunque que parecía ya desterrado y olvidado en la geografía nacional, hasta en las más insignificantes aldeas de la misma, según noticias de la prensa de estos días, en la Comunidad de Castilla-La Mancha y a iniciativa del Presidente de la misma D. Emiliano García Page, éste ha pactado una nueva forma de gobierno con la representación de Podemos tras haber hecho público tiempo atrás que no lo haría utilizando para ello terminología al respecto, personaje que, por otra ... (ver texto completo)
Aunque que parecía ya desterrado y olvidado en la geografía nacional, hasta en las más insignificantes aldeas de la misma, según noticias de la prensa de estos días, en la Comunidad de Castilla-La Mancha y a iniciativa del Presidente de la misma D. Emiliano García Page, éste ha pactado una nueva forma de gobierno con la representación de Podemos tras haber hecho público tiempo atrás que no lo haría utilizando para ello terminología al respecto, personaje que, por otra ... (ver texto completo)
RECTIFICACIÓN A TIEMPO SOBRE LA POSIBLE ALCALDADA.
Según las últimas noticias de prensa de hoy mismo, "PSOE Y Podemos de Castilla-La Mancha han acordado retirar la enmienda que, según estos grupos y el Gobierno regional, busca no perjudicar la carrera profesional de los funcionarios que sean altos cargos en la Administración, aunque para el PP y los Sindicatos consolida los privilegios de los citados ex-altos cargos". Y añade el comunicado: "A primera hora de la mañana de ayer, en las Cortes de Castilla-La Mancha, el Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina, ha pedido al PSOE y a Podemos la retirada de esta enmienda conjunta al Proyecto de Ley en Materia de Gestión de Organización de la Administración y otras Medidas Administrativas dada la "confusión" que ha surgido.
En todo caso, creo recordar que, cuando años ha estudiábamos Derecho, existía y creo continúa en vigor salvo error por mi parte, la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la cual se regulaba la situación de los funcionarios que pasaran a ocupar cargo en la Administración Pública, resolviendo que, en tanto ocupara uno de los de la nueva situación por funcionarios en activo, a su cese podría reincorporarse al mismo puesto de trabajo que venía ocupando al momento de su nombramiento como cargo político, conservando entretanto todos los derechos adquiridos y también el de las mejoras y trienios que en el transcurso de la referida ocupación política hubieran tenido lugar, situación que, repito, no me consta haya cambiado. Por consiguiente, entiendo que sobraba lo de la nueva Ley salvo que..... ¡Amén!. ¡Y enhorabuena!. ¡Rectificar es de sabios!. ... (ver texto completo)
Según las últimas noticias de prensa de hoy mismo, "PSOE Y Podemos de Castilla-La Mancha han acordado retirar la enmienda que, según estos grupos y el Gobierno regional, busca no perjudicar la carrera profesional de los funcionarios que sean altos cargos en la Administración, aunque para el PP y los Sindicatos consolida los privilegios de los citados ex-altos cargos". Y añade el comunicado: "A primera hora de la mañana de ayer, en las Cortes de Castilla-La Mancha, el Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina, ha pedido al PSOE y a Podemos la retirada de esta enmienda conjunta al Proyecto de Ley en Materia de Gestión de Organización de la Administración y otras Medidas Administrativas dada la "confusión" que ha surgido.
En todo caso, creo recordar que, cuando años ha estudiábamos Derecho, existía y creo continúa en vigor salvo error por mi parte, la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la cual se regulaba la situación de los funcionarios que pasaran a ocupar cargo en la Administración Pública, resolviendo que, en tanto ocupara uno de los de la nueva situación por funcionarios en activo, a su cese podría reincorporarse al mismo puesto de trabajo que venía ocupando al momento de su nombramiento como cargo político, conservando entretanto todos los derechos adquiridos y también el de las mejoras y trienios que en el transcurso de la referida ocupación política hubieran tenido lugar, situación que, repito, no me consta haya cambiado. Por consiguiente, entiendo que sobraba lo de la nueva Ley salvo que..... ¡Amén!. ¡Y enhorabuena!. ¡Rectificar es de sabios!. ... (ver texto completo)