(PSOE
Perales de Tajuña)
La ordenación urbanística se efectúa por medio de los Planes Generales, Normas Urbanísticas y, en su defecto, por las Normas Transitorias que, como su nombre indica vienen a suplir la ausencia de planeamiento una vez suspendido éste por el organismo competente. Como establece la Ley 9/2001 de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 70. Suspensión cautelar de los Planes de Ordenación Urbanística, “el Consejero competente en materia de ordenación urbanística podrá suspender
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