Cuando decíamos ayer "aquí hay libertad para todo el mundo" como cuestión de principios, hoy añadimos que tal afirmación constituye un derecho analiebable que se complementa como una de las libertades más genuinas, cual es la libertad de expresión. No en vano la Constitución Española la introduce en su Título Primero como derecho fundamental de las libertades públicas. Y en el artículo 20.1 de este mismo Título, se reconocen y protegen, entre otros, los derechos siguientes: 1. a) El de expresar y ... (ver texto completo)