También hubo una cohorte de "huríes"
Para la Comunidad de Madrid, ¡vale! que lo dudo, pero para el resto de España no son competentes.
Que una cosa es ser del Madrid y otra muy distinta ser de Madrid.
Las sentencias hay que a acatarlas siempre. No se si crean jurisprudencia las de este tribunal como las del Supremo. Alguien me lo aclara?
Para la Comunidad de Madrid, ¡vale! que lo dudo, pero para el resto de España no son competentes.
Además no se como te atreves, ahora que está tan de moda las decisiones partiditas del Parlament Catalá para el resto de españoles, de hacer "urbi et orbi" de la sentencia dictada por los miembros del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.
Las sentencias hay que a acatarlas siempre. No se si crean jurisprudencia las de este tribunal como las del Supremo. Alguien me lo aclara?
Respuesta al mensaje, enviado el 21/02/2010 a las 11:39 por jimenato2009:
Encuentro Barcelona F. C. Real Jaen C. F. Los participantes de la jugada, Luis Suarez y Sabino Anchia, eran otros tiempos. Saludos.
Diego acabo de mirar en wikipedia y pone lo siguiente:
El primer partido oficial que acogió el Camp Nou tuvo lugar el 6 de octubre de 1957 y enfrentó al FC Barcelona y al Real Jaén, en partido correspondiente a la cuarta jornada de la Liga española de fútbol de la temporada 1957-1958. El resultado ... (ver texto completo)
Una sola sentencia no sienta jurisprudencia, tengo entendido yo, para evitar el partidismo que puede generar una corriente similar.
Además no se como te atreves, ahora que está tan de moda las decisiones partiditas del Parlament Catalá para el resto de españoles, de hacer "urbi et orbi" de la sentencia dictada por los miembros del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.
Te estas liando, Luis. Ya tenemos claro que, según la sentencia que citas, mostrar una es delito y la otra no. Pero ninguna de las dos es constitucional. ¿Es así?.
Por favor mándame la sentencia que quiero ver algo más que los titulares
Una sola sentencia no sienta jurisprudencia, tengo entendido yo, para evitar el partidismo que puede generar una corriente similar.
Cuando uno utiliza una argumentación si no aportas las "pruebas" se queda solo en las ganas que tengas de que sea lo que tú quieras.

Si conoces alguna sentencia judicial que avale tu "tesis" nos gustaría conocerla. Yo he aportado la mía.

Por si alguien no se entera: lucir la bandera franquista del "aguilucho" es anticonstitucional y está fuera de la legalidad. En cambio, hacerlo con la republicana es legal y está amparada por la Constitución.
Te estas liando, Luis. Ya tenemos claro que, según la sentencia que citas, mostrar una es delito y la otra no. Pero ninguna de las dos es constitucional. ¿Es así?.
Por favor mándame la sentencia que quiero ver algo más que los titulares
Palomero!:

Sabes el chiste de aquel que cuando le pedían la hora se miraba a la bragueta y decía lo que se le ocurría. Un día, le pregunto un amigo: ¿porqué cuando te preguntan la hora te miras a la bragueta y contestas a "voleo"?. Así le contestó al amigo: ¡porque yo digo la hora que me sale de los c.... es!.

Eso es lo que tú estás haciendo con esta respuesta y estas en tu derecho de hacerlo. Pero no apoyes tu argumento de la ilegalidad de exhibir la "tricolor" con un artículo que se limita ... (ver texto completo)
¿Y si yo me pongo la rojigualda con el aguilucho?, recuerda que durante los tres primeros años constitucionales era la que se exhibía en todos los sitios oficiales, y yo no me pongo medallas de "leido", pero si me miro la bragueta para que nadie piense por mi.
Cuando uno utiliza una argumentación si no aportas las "pruebas" se queda solo en las ganas que tengas de que sea lo que tú quieras.

Si conoces alguna sentencia judicial que avale tu "tesis" nos gustaría conocerla. Yo he aportado la mía.

Por si alguien no se entera: lucir la bandera franquista del "aguilucho" es anticonstitucional y está fuera de la legalidad. En cambio, hacerlo con la republicana es legal y está amparada por la Constitución.
Esto ha caido en mis manos y parte del mismo lo reproduzco fielmente:
"Dos banderas ligadas a una guerra entre compatriotas

Otro debate es el relativo a los sentimientos. Ciertamente, tanto la bandera del águila como la tricolor ofenden los sentimientos de muchos por razones diversas. La primera se asocia con una dictadura que llegó al poder mediante una rebelión militar y se asentó mediante una feroz represión. La tricolor identifica a una república que convirtió a buena parte de España en una ... (ver texto completo)
Manolo ¿es esta la imagen que hay en la Parroquia de la calle Tomasa Ruiz?.
Un Salúdo.
No lo sé, porque esa parroquia de Madrid no la conozco, pero se parece mucho a una que hay en Córdoba, concretamente en la parroquia de San Lorenzo y donde por cierto es muy visitada todos los martes 13, la cola que se junta puede llegar a más de un Km.
Saludos. Manolo-Cayetano
Constitución Española; Título Preliminar:
... Artículo 4

1.- La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

2.- Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales...."

Que yo vea aquí no encaja la dicha bandera que tu mencionas, por lo que creo que ... (ver texto completo)
Palomero!:

Sabes el chiste de aquel que cuando le pedían la hora se miraba a la bragueta y decía lo que se le ocurría. Un día, le pregunto un amigo: ¿porqué cuando te preguntan la hora te miras a la bragueta y contestas a "voleo"?. Así le contestó al amigo: ¡porque yo digo la hora que me sale de los c.... es!.

Eso es lo que tú estás haciendo con esta respuesta y estas en tu derecho de hacerlo. Pero no apoyes tu argumento de la ilegalidad de exhibir la "tricolor" con un artículo que se limita ... (ver texto completo)
No seáis descreidos, las cosas empiezan por pedirse; hay que soltar la idea, luego viene otro que sabe más y da la forma de llevarla a cabo (Pedir una subvención a la Junta para que esas modificaciones no se cuelguen todas del bolsillo de los ciudadanos ni del Ayuntamiento, etc.) pero creo sinceramente que puede hacerse, con tiempo claro. Y tú Francisco, ya estás tardando en pedirlo para tu calle.
Pero si yo tenía un tubo de PVC enterrado para pasar el cable de mi fachada y lo han desenterrado y lo han tirado a la "mierda".
El Jaén estrenó oficialmente el Camp Nou www. fcbarcelona. cat

El Jaén, el segundo rival del filial en el play off de ascenso, fue el primer visitante del Camp Nou en la Liga. Los andaluces perdieron 6-2 el 6 de octubre de 1957. De los seis enfrentamientos contra el Jaén, el Barça ha ganado 4 y ha empatado uno.

Las tres temporadas que el Jaén ha jugado en la Primera división han deparado seis duelos contra el Barça espectaculares. El equipo azulgrana ha marcado en estos enfrentamientos 20 goles ... (ver texto completo)
Fuente: seguidorrealjaen. blogspot. com. es
Jimenato 2009. Te voy hacer unas pequeñas correcciones en el partido celebrado y que sirvio de inauguración al Camp Nou el resultado fue de 6-1, y el goleador del Real Jaén, fue Mandí y no Méndez, en el partido celebrado en la Victoria el día 26/01/1958 el resultado fue de 1-0 a favor del Real Jaén, el gol fue marcado por Adalberto.
Y la plantilla para la temporada 57/58 era.
Porteros: Barea, Madriles y Manolin.
Defensas: Anchia, Cifuentes, Egusquiza, ... (ver texto completo)
Pro cierto no todos los jueces interpretan las sentencias de la misma forma, en ocasiones unos dan una versión y otros la antagónica, y todos creo que han estudiado Derecho, por eso pienso que es mejor, en ocasiones, andar "torcido" que "encorsetado por los sabios de turno".
Cuando uno utiliza una argumentación si no aportas las "pruebas" se queda solo en las ganas que tengas de que sea lo que tú quieras.

Si conoces alguna sentencia judicial que avale tu "tesis" nos gustaría conocerla. Yo he aportado la mía.

Por si alguien no se entera: lucir la bandera franquista del "aguilucho" es anticonstitucional y está fuera de la legalidad. En cambio, hacerlo con la republicana es legal y está amparada por la Constitución.
Bueno no es por nada pero creo la Virgen de los Remedios, Virgen de Cánava es más bonica, de cara más fina ¿o no?
Vamos esa es mi opinión.
Cuando vaya a Madrid intentaré ir a ver la parroquia y como no a la virgen.
Saludos Manolo-Cayetano
Manolo ¿es esta la imagen que hay en la Parroquia de la calle Tomasa Ruiz?.
Un Salúdo.