El Partido Popular dice haber obtenido 4.000.000 firmas. Sea cual sea la cifra real, para que las adhesiones pudiesen ser utilizadas legalmente, debería haberse informado de quién es el responsable del fichero donde se guardan las firmas, sea cualquiera el procedimiento para su recogida. Igualmente debería constar expresamente mencionada en la petición de firmas, la finalidad para la que se recogen.
La advertencia que se recoge en la petición de firmas del PP no autoriza a ceder los datos a terceros para comprobar su autenticidad, pues en este caso debería estar advertida esta posibilidad por ley. En el texto de la web 'popular' se prevenía textualmente de que el firmante de este escrito "autoriza, de acuerdo con la Ley, la remisión de su firma al Congreso de los Diputados, como apoyo a la Proposición No de Ley solicitando la convocatoria de Referéndum". Sin embargo, fuentes de la agencia advirtieton "No informar del procedimiento y cruzar los datos sin permiso, sería un incumplimiento grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos".
Independientemente de todo lo anterior, la campaña de firmas del PP nunca podria tener naturaleza vinculante, puesto que no se rige por la ley orgánica que regula las iniciativas populares, que excluye expresamente esa via para las materias reguladas por Leyes Orgánicas, como es el caso del Estatut.
Un demócrata.
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