Coto de Pesca, enero de 1978, FUENTE URBEL

Con fecha 11 de enero de 1978 el llmo. Sr. Subdirector de Recursos Naturales Renovables ha aprobado la creación de un coto de pesca deportiva en régimen de consorcio con la Sociedad de Pescadores de Burgos, denominado «Fuenteúrbel», cuyas características se detallan a continuación:
Rio: Urbel.
Límites: Superior, desembocadura del arroyo de Talamillo del Tozo.
Inferior, desembocadura del arroyo de Urbel, junto al Km. 40 de la carretera de Burgos a Aguilar de Campoo. Términos municipales afectados: La Piedra y Urbel del Castillo.
Número e importe de los permisos: Para la trucha 5 permisos diarios a socios de la Sociedad concesionaria a expedir por la misma a sus socios, y 5 permisos diarios a otros pescadores a expedir por esta Jefatura al precio de 750 pesetas para extranjeros, 375 pesetas para pescadores en general y 150 pesetas a pescadores ribereños. Para el cangrejo serán los mismos cupos y a los mismos precios, cuando se autorice esta especie. Limitación de capturas: 10 truchas.
Cebos permitidos: Todos los establecidos por la Ley, excepto la hueva de cualquier clase.
Período de funcionamiento: Todos los días de la época hábil.
Lo que se hace público, para general conocimiento. Burgos, 19 de enero de 1978.
El Jefe del Servicio Provincial, Antonio Arjona. (Rubricado).
(17 de Enero de 2026)