Arco plaza
LEY 19/1995 DE 4 DE JULIO

Artículo 23. Determinación.

1. A los efectos de esta Ley se entiende por unidad mínima de cultivo, la superficie suficiente que debe tener una finca rústica para que las labores fundamentales de su cultivo, utilizando los medios normales y técnicos de producción, pueda llevarse a cabo con un rendimiento satisfactorio, teniendo en cuenta las características socioeconómicas de la agricultura en la comarca o zona.

2. Corresponde a las COMUNIDADES AUTONOMAS determinar ... (ver texto completo)
Según el art. 23 de la Ley 19/1995 la comunidad autonoma lo unico que hace es determinar la parcela minima en la que puede subdividirse las fincas, que en Castilla La Mancha es de 10.000 mt2. Si por algun motivo especial se permitiera hacer fincas más pequeñas, tendria que ser la propia comunidad autonoma quien lo autorizara. Ese articulo dice solo eso... pero quien tiene la potestad de vigilancia, control y autorizar construcciones sobre el suelo sea rustico o urbano es el Ayuntamiento.
La candidata que sale en el perfil, que es candidata para la alcaldia, o es para el gobierno de españa, poco habla de los problemas de pueblo despues de llevar ella 8 años en el gobierno municipal
Ya veo yo como a algunos no os interesa que se hable de la vergüenza de gobierno que tenemos en España.
La supreficie mínima para poder construir es de una hectárea. (en algunos casos más) y la edificación no puede ser superior al 2% del total de la superficie de la finca. Pero vamos, que parece que estoy en contra de estas parcelas y nada más lejos de la realidad.
Quizás se gestionó por la ventanilla única.
De hecho, han denunciado todo lo que creían que podían denunciar. en esto no se han metido por que esto no les interesa.
Quizás se gestionó por la ventanilla única.
Torquemada, puede que se gestione por la ventanilla única, pero la competencia no deja de ser de la Junta. La ventanilla única en este caso funciona como una oficina de correos.
No tienes ni idea.. yo segrege una finca rustica de un familiar y lo hicimos en el Ayuntamiento. Informate antes por favor.
Quizás se gestionó por la ventanilla única.
No tienes ni idea.. yo segrege una finca rustica de un familiar y lo hicimos en el Ayuntamiento. Informate antes por favor.
Un poquito informada estoy. Aunque sólo un poco. Y te repito que por eso no han segragado, por que está prohibido. Lo que han hecho ha sido vender el total del terreno en proindiviso al conjunto de los compradores, si hay 30 parcelas, los treinta son dueños del terreno en su totalidad, luego cada uno hace uso de "su" parcela. Pero no son dueños de la parcela, sino conjuntamente de la totalidad del terreno, todos y cada uno de ellos. Te lo creas o no, eso es así.
No tienes ni idea.. yo segrege una finca rustica de un familiar y lo hicimos en el Ayuntamiento. Informate antes por favor.
LEY 19/1995 DE 4 DE JULIO

Artículo 23. Determinación.

1. A los efectos de esta Ley se entiende por unidad mínima de cultivo, la superficie suficiente que debe tener una finca rústica para que las labores fundamentales de su cultivo, utilizando los medios normales y técnicos de producción, pueda llevarse a cabo con un rendimiento satisfactorio, teniendo en cuenta las características socioeconómicas de la agricultura en la comarca o zona.

2. Corresponde a las COMUNIDADES AUTONOMAS determinar ... (ver texto completo)
¿Cuando diran con nombres y apellidos de los representantes de los partidos con su equipo que se presentan por la alcaldia?, es que esto parece la final de la liga, que ningun entrenador dece la alineacion asta quince minutos antes. Si al guno save algo lo podira ir diciendo ¿no?.
Lo mismo digo yo, creo que el pp lo decia dentro de muy poco.
En la urbanización y posterior construcción sí. Si el suelo es rústico, no. Tu ve al Ayto y di que quieres segregar suelo rústico, te dirán que vayas a Toledo a solicitarlo y en Toledo te autorizarán si tiene un mínimo de superficie, que ni mucho menos son los 1000 o los 5000 m2 que puedan llegar las susodichas parcelas, por eso no se pueden escriturar las parcelas si no un proindiviso del terreno común. Y para construir la autorizacón es más de lo mismo, diciendo que es una casa de labranza, aperos, ... (ver texto completo)
No tienes ni idea.. yo segrege una finca rustica de un familiar y lo hicimos en el Ayuntamiento. Informate antes por favor.
En la urbanización y posterior construcción sí. Si el suelo es rústico, no. Tu ve al Ayto y di que quieres segregar suelo rústico, te dirán que vayas a Toledo a solicitarlo y en Toledo te autorizarán si tiene un mínimo de superficie, que ni mucho menos son los 1000 o los 5000 m2 que puedan llegar las susodichas parcelas, por eso no se pueden escriturar las parcelas si no un proindiviso del terreno común. Y para construir la autorizacón es más de lo mismo, diciendo que es una casa de labranza, aperos, ... (ver texto completo)
como lo sabes comendador, de los problemas de pueblo no interesa hablar, como ella a ayudado a que los tengamos, pues a callar y a tirar balones fuera, pero ella bien se sube el sueldo
¿Cuando diran con nombres y apellidos de los representantes de los partidos con su equipo que se presentan por la alcaldia?, es que esto parece la final de la liga, que ningun entrenador dece la alineacion asta quince minutos antes. Si al guno save algo lo podira ir diciendo ¿no?.
No se de quien es la competencia, pero las construciones ilegales estan creciendo como hongos y nadie hace nada, solo con darnos una vuelta por algunas zonas como el camino el pozo podemos ver que algunos son autenticas segundas viviendas. Un saludo.
La candidata que sale en el perfil, que es candidata para la alcaldia, o es para el gobierno de españa, poco habla de los problemas de pueblo despues de llevar ella 8 años en el gobierno municipal
No interesa hablar de los problemas de Ocaña. Habla del endeudamiento del pais, pero no dice nada de la deuda de Ocaña de la que ella es tan responsable como los demas de su partido.