Intentaré tranquilizar a la gente que se tira de los pelos:
Existe un contrato entre el constructor y el comprador que consta de unas cláusulas mediante las que se regulan los derechos y obligaciones de ambas partes bajo penalización en caso de ruptura de alguna de ellas.
Si no estoy mal informado, la empresa Flos Inversora ganó un juicio contra un señor que quería obtener beneficios de manera fraudulenta en perjuicio de la empresa. El juicio supuso la paralización de las obras y, por tanto, el retraso involuntario de la entrega de las viviendas; de modo que se optó por un pacto entre los compradores y la constructora. Para no ser sancionada por el retraso, Flos Inversora se comprometió a terminar las obras paradas forzosamente en un periodo de tiempo (según se comenta por aquí, de 90 días).
Yo he comprado un chalé de la fase IV del Señorío de Canales, que se entregaría a finales del 2007.
Espero haber resuelto parte de las dudas que merodean por este foro desde hace bastante tiempo. No obstante, en la página http://www.tuguialegal.com/compraventa.htm encontraréis algunas soluciones para las dudas más frecuentes entre los compradores de viviendas.
Un saludo y mucha suerte.
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