Hola, Carlos: Aunque no te conozco supongo que hombre de leyes o cercano has de ser. Efectivamente el "inciso final del artículo 17 de la Ordenanza" lo echa para atrás el Supremos al no haberse recogido la tipificación de de las infracciones y las sanciones, por lo que deja sin efecto el que el ayuntamiento pueda sancionar. No obstante, estarás de acuerdo los ayuntamientos y en este caso el de Mestanza sí tiene potesetad para intervenir ante los supuestos de uso privativo, obras e instalaciones, ... (ver texto completo)