Todo se complicó tiempo después, cuando el cliente comprobó que, a pesar de haberse cancelado la deuda, Caja Laboral había incluido posteriormente su nombre en un Registro de Morosos, y había encargado a una empresa en 2012 que se encargarse de reclamar el cobro de 9.350 €, que decían que debía
El afectado interpuso una reclamación ante la Oficina Municipal de
Información al Consumidor, y una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Fue entonces, cuando Caja Laboral afirmó que la inclusión en un fichero de morosos se debió a un error, motivado al constar erróneamente como deuda “lo que no se cubría con la valoración del bien dado en pago”, y que se generó indebidamente “un aviso de reclamación y la anotación en el Asnef”
Caja Laboral solicitó que se impusiera una
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