Siempre me pregunto cual será el termino correcto (y más ahora que está tan en boca de todos), para denominar al idioma español, y veo que en la Constitución lo llaman Castellano. Parece ser que hay diferentes opiniones al respecto. Yo siempre digo Español. En clase de lengua nunca se llamó castellano, siempre español, y mi profesora de Lengua del Bachillerato sabía todo, seguro que tenía razón.
De momento ya vale. Hay que reconocer que algo se cumple por ejemplo: los colores de la bandera y la capital en la villa de Madrid. Y seguro que si leemos un par de veces encontramos alguna cosilla más.
CONSTITUCIÓN

TÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1

1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
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TEXTO

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

Don Juan Carlos I, Rey de España, a todos los que la presente vieren y entendieren,

sabed: Que las Cortes han aprobado y el pueblo español ratificado la siguiente Constitución:

PREÁMBULO
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Pues ya que aludes a ella y hoy es el día, vamos a ponerla toda desde el principio, por ver si han atinado en algo, más que nada.
Al menos tenemos un día de descanso y dejamos de realizarnos una miaja. Que lo disfrutéis.
En ambos casos lo han sabido hacer. Desde que se aprobaron estos artículos en 1978 ha sido un acierto tras otro.
CONSTITUCION ESPAÑOLA
Artículo 35
El trabajo, derecho y deber
1.
Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
2.
La ley regulará un estatuto de los trabajadores.
CONSTITUCION ESPAÑOLA
Artículo 47
Derecho a la vivienda. Utilización del suelo
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación
La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Buenos días. Algo nublos pero una buena temperatura para darse un paseo a por pan y al brasero pronto que es mu agradecido.
Pues casi casi 12 perras gordas.
... por terminar con una sonrisa. Hasta otro rato.
Cambiando de tema, el que se vaya de puente que lo disfrute y el que no se vaya, también.
Y con razón, claro. Excepto en lo de ir a descargar la rabia en el sitio equivocado.
Se dice bien cómo se está poniendo el patio. Cada vez es más grande el cabreo de la gente y el número de cabreados.