COMUNIDAD DE BIENES DE FUENCALIENTE DEL BURGO.-1924 PAGINA CUATRO
.... fanegas” que no era otra cosa que una cantidad razonable de cereales al finalizar la cosecha de cada año, con la cual y con ayuda del producto de algunos animales que cuidaban y sacrificaban para consumo propio, así como del minúsculo huerto que personalmente cultivaban, sobrevivían pacíficamente, siendo atendidos directamente por sus hijos y herederos en los últimos años de sus vidas.
4.3.-Con la “concentración parcelaria” ... (ver texto completo)
.... fanegas” que no era otra cosa que una cantidad razonable de cereales al finalizar la cosecha de cada año, con la cual y con ayuda del producto de algunos animales que cuidaban y sacrificaban para consumo propio, así como del minúsculo huerto que personalmente cultivaban, sobrevivían pacíficamente, siendo atendidos directamente por sus hijos y herederos en los últimos años de sus vidas.
4.3.-Con la “concentración parcelaria” ... (ver texto completo)
COMUNIDAD DE BIENES DE FUENCALOENTE DEL BURGO.- 1924 PAGINA CINCO
... TRACTO SUCESORIO
6.1.- Dice la legislación hipotecaria que tracto sucesorio o sucesivo es aquel principio registral por virtud del cual se exige que el historial jurídico de cada finca figure en el Registro sin solución de continuidad. Lo recoge el artículo 20 de la Ley Hipotecaria. Consecuencia del mismo es que no se pueden inscribir o anotar títulos que no hayan sido «consentidos» por el titular inscrito o anotado. El principio ... (ver texto completo)
... TRACTO SUCESORIO
6.1.- Dice la legislación hipotecaria que tracto sucesorio o sucesivo es aquel principio registral por virtud del cual se exige que el historial jurídico de cada finca figure en el Registro sin solución de continuidad. Lo recoge el artículo 20 de la Ley Hipotecaria. Consecuencia del mismo es que no se pueden inscribir o anotar títulos que no hayan sido «consentidos» por el titular inscrito o anotado. El principio ... (ver texto completo)