BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO.
Núm. 31 Martes 5 de febrero de 2019 Sec. V-C. Pág. 6076
V. Anuncios C. Anuncios particulares ANUNCIOS PARTICULARES 4847 CLUB DEPORTIVO DE CAZADORES SANTA CECILIA DE HERMOSILLA (BURGOS)
Expediente de prórroga del Coto de Caza BU-10.063.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, artículo 18 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el título IV de aquella Ley ... (ver texto completo)
Núm. 31 Martes 5 de febrero de 2019 Sec. V-C. Pág. 6076
V. Anuncios C. Anuncios particulares ANUNCIOS PARTICULARES 4847 CLUB DEPORTIVO DE CAZADORES SANTA CECILIA DE HERMOSILLA (BURGOS)
Expediente de prórroga del Coto de Caza BU-10.063.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, artículo 18 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el título IV de aquella Ley ... (ver texto completo)
NORMATIVA APLICADA EN LOS COTOS DE CAZA DE CASTILLA Y LEÓN.
* Ley 4/1996 (12 de julio)
Artículo 21. Cotos de caza.
4. La solicitud para constituir un coto de caza o ser titular del mismo podrá realizarla cualquier persona física o jurídica que acredite, de manera legal suficiente, su derecho al disfrute cinegético en al menos el 75 por 100 de la superficie que se pretende acotar, bien como propietario de los terrenos o como titular de otros derechos reales o personales que conlleven el uso ... (ver texto completo)
* Ley 4/1996 (12 de julio)
Artículo 21. Cotos de caza.
4. La solicitud para constituir un coto de caza o ser titular del mismo podrá realizarla cualquier persona física o jurídica que acredite, de manera legal suficiente, su derecho al disfrute cinegético en al menos el 75 por 100 de la superficie que se pretende acotar, bien como propietario de los terrenos o como titular de otros derechos reales o personales que conlleven el uso ... (ver texto completo)