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ALCONCHEL DE LA ESTRELLA: ORIGEN DE LA PALABRA - LÉXICO...

ORIGEN DE LA PALABRA - LÉXICO

CARTA MAGNA

Éste es un buen sinónimo de constitución. ¿Por qué? Nos dice la historia que en 1215 el rey Juan sin Tierra otorgó a todos sus súbditos una especie de código fundamental de derechos y deberes que regulaba las relaciones del soberano con los vasallos, para evitar las arbitrariedades y para que éstos supieran a qué atenerse. Fueron los condes y barones de Inglaterra, entre los que tenían un decisivo peso específico los de la iglesia (el primado Esteban Langton fue el líder de esta iniciativa), quienes pusieron al rey contra las cuerdas para obligarle a firmar la Carta Magna.

El rey, la nobleza y la iglesia ejercían su poder sobre los mismos súbditos, a los que apretaba cada uno por su lado, por lo que corrían el riesgo de matar entre todos ellos a la gallina de los huevos de oro (entre todos la mataron, y ella sola se murió); les convenía por tanto a la iglesia y a los nobles, poner barreras al poder del monarca, a pesar que de ese modo limitaban también su propio poder. No le gustó nada a Juan sin Tierra tener que firmar esa carta-ley, porque según decía le convertía de rey en vasallo; pero tuvo que ceder finalmente a la fuerte presión a que le sometió el Ejército de Dios y de su Santa Iglesia, armado por la iglesia y los nobles, que entró en Londres el 24 de mayo de 1215 aclamado por el pueblo.

40 años más tarde, en 1255, Alfonso X el Sabio promulgaba el Fuero Real, la primera Constitución española; que hubiese aparecido a la par de la Carta Magna inglesa, si no hubiese sorprendido la muerte a su padre Fernando III el Santo. El objetivo de ambas "constituciones" era unificar el derecho en todo el reino, siendo el derecho real el elemento unificador, que al tiempo que regulaba y limitaba los derechos de la nobleza y de la iglesia, los fueros municipales y los locales, las cartas pueblas, las cartas forales y las cartas desaforadas, pasaba por encima de todos ellos, contribuyendo a la igualdad jurídica de todos los súbditos del reino. Digo los súbditos porque al tener aún vigencia la esclavitud tratándose de infieles cautivos, y camuflada en diversas formas de servidumbre con respecto a los paisanos cristianos, los beneficios de esas Cartas Magnas no alcanzaban a la totalidad de la población de estos reinos.

En el preámbulo del Fuero Real se declara paladinamente la intención del mismo: "Entendiendo que la mayor partida de nuestros Reynos no hubïeron Fuero fasta el nuestro tiempo y juzgábase por fazañas, é por albedríos departidos de los homes é por usos desaguisados sin derechos, de que nascien muchos males, é muchos daños á los Pueblos y á los homes; y ellos pidiéndonos merced, que les enmendásemos los usos que fallásemos que eran sin derecho, é que les diésemos Fuero, porque viviesen derechamente de aquí adelante, hovimos consejo con nuestra Corte, é con los sabidores del derecho, é dímosles este Fuero que es escripto en este Libro, porque se juzgue comunalmente todos, varones é mugeres. E mandamos que este Fuero sea guardado por siempre jamás, é ninguno no sea osado de venir contra él. Y más adelante precisa: "De manera que los que mal ficieren resciban pena, y los buenos vivan seguramente".

He ahí el largo recorrido para llegar a la igualdad de derechos de todos los habitantes de ambos reinos, sin distinción de hombres y mujeres, y borradas las diferencias entre "hombres propios" (=siervos) y libres; derechos que culminaron en la Carta Magna de la humanidad, la Declaración de los Derechos Humanos.

https://es. wikipedia. org/wiki/Constitución española de 1978