ALCONCHEL DE LA ESTRELLA: 3. Por su valor doctrinal no puede olvidarse la Bula...

3. Por su valor doctrinal no puede olvidarse la Bula dogmática Ineffabilis Deus (8 de diciembre de 1854) de Pío Xl, la Constitución Apostólica Munificentissimus Deus (1 de noviembre de 1950) de Pío Xll y la Constitución dogmática Lumen gentium (21 de noviembre de 1964) cuyo capítulo VIII constituye la síntesis más amplia y autorizada de la doctrina católica sobre la Madre del Señor, hecha jamás por un Concilio Ecuménico. Se deben recordar también, por su significado teológico y pastoral, otros documentos como la Professio fidei (30 de junio de 1968) y las Exhortaciones apostólicas Signum magnum (13 de mayo de 1967) y Marialis cultus (2 de febrero de 1974) de Pablo VI, así como la Encíclica Redemptoris Mater (25 de marzo de 1987) de Juan Pablo II.