Según el artículo 206 del código penal:
Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.
Cada ordenador tiene asignado un número único (dirección IP) que queda registrado, oculto, junto al
mensaje en el
foro, además:
El Pleno del Congreso aprobó el dictamen de la Ley de Conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas, que establece la
... (ver texto completo)