El único idioma universal
es el beso.
Louis Charles Alfred de Musset

Crecí besando libros y pan...
Desde que besé a una mujer,
mis actividades con
el pan y los libros
perdieron interes.
Salman Rushdie ... (ver texto completo)
En un beso... sabrás
todo lo que he callado.
Pablo Neruda

El más difícil no es
el primer beso,
sino el último.
Paul Géraldy

Cuando la edad enfría la sangre
y los placeres son cosa del pasado,
el recuerdo más querido
sigue siendo el último,
y nuestra evocación más dulce,
la del primer beso.
Lord Byron ... (ver texto completo)
Cuando se aproximan dos bocas
consagras por el amor,
es imposible que por encima
de este beso inefable,
no se produzca un estremecimiento
en el inmenso misterio
de las estrellas.
Víctor Hugo

El ruido de un beso no es tan
retumbante como el de un cañon,
pero su eco dura mucho más.
Holmes ... (ver texto completo)
El beso es el contacto de
dos epidermis y la fusión
de dos fantasías.
Alfred de Musset

El beso es un mordisco
que aprendió educación.
Tolis Van

Un beso legal nunca vale
tanto como un beso robado.
Guy de Maupassant ... (ver texto completo)
1936 Nació María Cuadra, actriz española.
1930 Nació Arsenio Iglesias, entrenador de fútbol español.
1837 Nació Sissi, emperatriz austrohúngara.

2002 Fallece Tita Merello, actriz y cantante argentina
1982 Fallece Louis Aragon, escritor francés.
1977 Fallece Juan Velasco Alvarado, político y militar peruano.
1524 Fallece Vasco da Gama, explorador y navegante portugués.
Precauciones para discapacitados en la cocina

Cuando sea posible, usa guantes de cocina aislantes (retardadores de incendios) hasta el codo, particularmente si tienes problemas sensoriales o visuales. De lo contrario, tu puedes usar guantes aislantes (retardadores de incendio) normales. Evita el usar un mantel o un paño de ollas para sacar algo del horno, ya que tus dedos o brazos pueden ser expuestos de forma inadvertida a una superficie caliente.

Evita usar ropa suelta o mangas sueltas alrededor ... (ver texto completo)
Buenas tardes a todos, mañana de niebla tarde de paseo, esta haciendo el día honor al refrán, por que hemos tenido 24 horas seguidas con una niebla impresionante y ahora ya parece que se despeja el ambiente y quiere salir el sol, haber si sale el sol de verdad para que la gente disfrute en la plaza esta tarde cuando llegue el Olentzero a nuestro pueblo, amigos pasar buena tarde y os mando un abrazo desde Oyon,
Buenas tardes a tod@s!

Teo, Ciruelo, Campanaria, Mari Carmen, Manolo gonzález, Mariano García, Victoria Serna, Berta, Antonio Escudero, Charo y demás... os deseo a todos unas felices Pascuas, que paséis una buena noche en compañía de vuestras familias y amigos, un abrazo!
Buenas tardes aguilachic, muchas gracias por lo que a mi me toca, pero yo a lo que les estoy dando vueltas a los del tendedero, cuidado con estas nieblas que se fastidian, no sea que al final sea cierto que no los vamos a probar jajaja, pasa una feliz Navidad y que el año que va a entrar sea mejor que esta 2012 un abrazo y hasta otro rato.
buenos dias foro feliz navidad para todo el que lea esto y para el que no tambien, teo ahora me tengo que ir pero esta tarde te volvere a saludar un beso mari carmen
Buenas tardes Mari Carmen, muchas gracias y para ti lo mismo Feliz Navidad bueno no te preocupes que aquí estaré cuando vengas si te apetece entrar, así que pasalo muy bien y te mando un abrazo,
agur
Buenas tardes a tod@s!

Teo, Ciruelo, Campanaria, Mari Carmen, Manolo gonzález, Mariano García, Victoria Serna, Berta, Antonio Escudero, Charo y demás... os deseo a todos unas felices Pascuas, que paséis una buena noche en compañía de vuestras familias y amigos, un abrazo!
buenos dias foro feliz navidad para todo el que lea esto y para el que no tambien, teo ahora me tengo que ir pero esta tarde te volvere a saludar un beso mari carmen
Constitucion Española continuacion

TÍTULO VII

Economía y Hacienda

Artículo 128 1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.

2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio, y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.

Artículo 129 1. La ley establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social y en la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la calidad de la vida o al bienestar general.

2. Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción.

Artículo 130 1. Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles.

2. Con el mismo fin, se dispensará un tratamiento especial a las zonas de montaña.

Artículo 131 1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.

2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las Comunidades Autónomas y el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas. A tal fin se constituirá un Consejo, cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.

Artículo 132 1. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación.

2. Son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.

3. Por ley se regularán el Patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional, su administración, defensa y conservación.

Artículo 133 1. La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.

2. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

3. Todo beneficio fiscal que afecte a los tributos del Estado deberá establecerse en virtud de ley.

4. Las administraciones públicas sólo podrán contraer obligaciones financieras y realizar gastos de acuerdo con las leyes.

Artículo 134 1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado, y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.

2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.

3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.

4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.

5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.

6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.

7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.

Artículo 135 1. El Gobierno habrá de estar autorizado por ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito.

2. Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda Pública del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.

Artículo 136 1. El Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica de Estado, así como del sector público.

Dependerá directamente de las Cortes Generales y ejercerá sus funciones por delegación de ellas en el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.

2. Las cuentas del Estado y del sector público estatal se rendirán al Tribunal de Cuentas y serán censuradas por éste.

El Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de su propia jurisdicción, remitirá a las Cortes Generales un informe anual en el que, cuando proceda, comunicará las infracciones o responsabilidades en que, a su juicio, se hubiere incurrido.

3. Los miembros del Tribunal de Cuentas gozarán de la misma independencia e inamovilidad y estarán sometidos a las mismas incompatibilidades que los Jueces.

4. Una ley orgánica regulará la composición, organización y funciones del Tribunal de Cuentas.

TÍTULO VIII

De la Organización Territorial del Estado

CAPÍTULO PRIMERO

Principios generales

Artículo 137 El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

Artículo 138 1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.

2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.

Artículo 139 1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte de territorio del Estado.

2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español. ... (ver texto completo)
• Gregorio, Santo
Diciembre 24 Mártir, 24 de Diciembre

• Paula Isabel Cerioli, Santa
Diciembre 24 Fundadora, 24 Diciembre

• Irma, Santa
Diciembre 24 Virgen, 24 de diciembre

• Adela de Pfalzel, Santa ... (ver texto completo)
Hoy amanece en OYON a las 08:37 y anochece a las 17:41

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Buenos días Sime, lo mismo te deseo que pases una feliz Navidad, y que este año venidero sea para ti y los tuyos especial, Maravilloso, un abrazo y que pases un buen día y gracias por todo lo que has echo por mi,