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SANTA CRUZ DE LA SIERRA: Archivar en JUZGADO CONTENCIOSO / ADMINISTRATIVO nº...

Archivar en JUZGADO CONTENCIOSO / ADMINISTRATIVO nº 1 CÁCERES
Número de identificación único 10037 3 0100099/2008, y
Número de identificación único 10037 45 3 2008 0100099.
Señorías todos:
LA SECRETARIO JUDICIAL: Doña. María Jesús González García.
MAGISTRADO – JUEZ: Don Jesús Luis Ramírez Díaz.
PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA:
Don. Guillermo Fernández Vara.
PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE ESPAÑA:
Don José Luis Rodríguez Zapatero.
Se ruega a sus señorías, tengan a bien admitir como prueba, y testigo número uno, al responsable del escrito, en foro Pueblos es España, con dirección de correo electrónico (pueblos@proyectos-ip. com), que figura como nombre de PAISANO. Fecha: 22/09/2009. Hora: 0:37. Cuyo texto inicio y final se detalla a continuación entre comillas.
“Saludos.
Deberías haber cambiado el titulo de la foto y en lugar de PRUEBA DEL CAMINO, podrías haber puesto, PRUEBA DE MI DESATINO.
Pero Berzas, tan torpe eres que ni tan siquiera sabes mirar un plano (aunque no sé de qué me extraño, si confundes la delimitación del casco urbano con el ancho de una calle)........................ ...............
Y así cien cosas más.

Resumiendo, lo único que has hecho con tus tonterías, es jodernos a todos lo que queríamos demostrar que eso era un camino, cordelillo o lo que fuera con tal de tocar los c……es a D. Andrés y a tu querido sobrino, que ha sido el último en comprar un trozo del cordelillo.

Anda hijo, saluditos y no metas más la pata, que te van a tomar por tonto, si solo tenias que ampliar la foto de entrada a este foro y ver el mapa del pueblo……”
Vaya, que el documento no es falso, simplemente no está actual, has picado como un angelito, ya tenemos el documento, virtual del catastro sin pedirlo, y verás lo que se opina de este.
Situación puntos kilométricos del término de Santa Cruz de la Sierra en la carretera de Herguijuela, calle Hernán Cortes, esquina frente casa los camineros, siguiente saliendo curva del castillejo, siguiente entrando en curva del primer puente con barandillas de hierro, siguiente en la entrada curva antes del cruce del cordel, y último entrando en la curva antes del segundo puente con barandilla de hierro.
Según el documento que ofrece la oficina virtual del catastro la urbanización se sitúa cerca del punto kilométrico saliendo de la curva del castillejo, unos doscientos metros aproximadamente anterior al mismo, ocupando esta urbanización una parte de lo que la gente llama el Cordelillo, e incluso en una zona, se adosa con linderos del mismo. En el mencionado documento, hablando de la calle Aguilera, su cera derecha de números pares que la forman los números 2, (4, 6, 8, sin edificar),10, 12, 14, 16, 18, 20, (calle sin nombre),22, 24, 26, 28, 30, más la casa del doctor Miguel, cuya representación gráfica no figura en este documento, tampoco figuran en el mismo, la existencias de unas vallas metálica que aún agrava más el problema para con las fincas lindantes, donde si se representan sus vallas o muros de piedra.
El vallado derecho, lindante con la casa nº 2, tiene de facha y en línea con la facha principal de la misma casa, 5,5 metro de valla y perpendicular a esta la valla corta el cordelillo por esta zona. En la calle sin nombre, se valla a los dos lados dejando una entrada a la finca lindante nº7, (cosa que no se refleja correctamente en el documento virtual del catastro, se refiere al emplazamiento de la calle sin nombre). Desde la valla mural de la casa del doctor Miguel, se toman otros 5,5 metros, de fachada principal y perpendicular se corta el cordelillo con una valla metálica de unos cincuenta metros aproximadamente.
Señorías: Jueces, letrados y técnicos por favor quieren ustedes decir, al pueblo de Santa Cruz de la Sierra, ¿quien hizo semejante aborto y explicar la razón de por qué?. No será que dos señores, comprador y vendedor están tomando algo que solo le pertenece al Ayuntamiento de Santa Cruz de la Sierra, el bien común de todo un pueblo y su descendencia. O tal vez se trata de dos entes, que se aplican el verbo regalar, yo te regalo, tu me regalas. Sólo a la justicia y nadie más que a la justicia es la que le corresponde velar por los intereses de un pueblo.
¡Agrio y recio se pone el Cordelillo, D. Andrés Miguel Duchel!...
Preguntada la alcaldesa Dña. María Belén Corredera Miura, por estos cierres con vallas metálicas respondió, que el Ayuntamiento había vendido el prado de las eras, y que el dueño en lugar de cederlos al Ayuntamiento, los cedía a ellos, se entiende por ellos el vendedor y comprador, que en esta misma calle Aguilera nº 1, se vende una mansión de la que ya tiene el juzgado buena cuenta.
Considerando que el prado es un ente público como una plaza, donde todos sus vecinos tienen derecho a tener puerta, se considera un error grave el emplazamiento de la urbanización, que además de no respetar el Cordelillo se adosa al vecindario, y ser lugar este donde corren las aguas en época de lluvias, que circulan desde la calle superior izquierda a un puente que cruza la carretera, finca particular y que vierten en el rió Búrlalo a unos sesenta metros aproximadamente, razón por la cual este Cordelillo no podía ser utilizado para hacer en su lugar eras, debido al mal estado en que quedaba el suelo durante el invierno.
Entendemos:
1.- Que el cierre de estas vallas metálicas, comportan el cierre del acceso a la finca que figura con el nº 7; si nos preguntamos por donde entramos 12 vacas, no tendríamos más remedio que pasearlas por la urbanización justo por la calle de el medio “sin nombre”. En ocasiones estos y otros animales tienen prohibido su acceso a las urbanizaciones, así como también el acceso de camiones de gran tonelaje.
2.- El cierre con estas vallas, dificulta el paso con animales por el Cordelillo, observar el camino de la izquierda, el paso de los animales para nada pisan en la urbanización, lo mismo ocurriría con el Cordelillo si no hubiese sido cortado.
3.- El cierre de estas vallas dificulta el parcelar y la división, de las fincas, que a veces por motivos de herencia se hace necesario partir dividir o fraccionar.
4º.- Se ruega, a la sección catastral de Cáceres, que actualice y corrija el documento, que no está correcto, la ubicación de la calle sin nombre está situada entre los números pares 22 y 20, faltando edificaciones por representar, como es la del hijo del mencionado Alcalde y si dicha urbanización tiene vallas, se han de representar como se han representado en todas las fincas colindantes.
5º.- Para materia judicial, téngase en cuenta, el tiempo en que se instalan las vallas, ya que se realiza este acto muchos años después de realizar la venta del prado de las eras.
Por todo lo expuesto anteriormente a sus Señorías, se pide su resolución.
Todo debidamente formalizado, en la entidad pública, con fecha cuatro de septiembre, año dos mil nueve; con registro de entrada en el Ayuntamiento, con identificación nº 200910000000172 y en el Decanato de los Juzgados de Cáceres, con fecha de nueve de septiembre año en curso, cuyos escritos dicen como dicto.
Santa Cruz de la Sierra 4 agosto 2009.
Señora Alcaldesa, ante usted expongo:
1º.- Vista in situ el día cuatro de agosto, que paralela a la calle Aguilera haciendo linde con las fincas propiedad de D. Pablo Díaz Betas, D. Santiago Hoyas más otros, hay la existencia de una calle cerrada con vallas metálicas; lo que antiguamente los habitantes del municipio llamaban el Cordelillo, que se utilizaba como zona de paso para ir con ganado a las ferias de la ciudad de Trujillo, además este cordelillo en tiempo de cosecha de las mieles era utilizado como lugar donde se ataban las bestias o caballerías que realizaban la labor de tirar del trillo, allí era el lugar donde se alimentaban estos animales con mieles, que el dueño las proporcionaba de su propia cosecha. Hoy día cuatro he visto en el cerramiento ovejas en cantidad de seis. Preguntado D. Luis Redondo Fernández, auxiliar de este Ayuntamiento, afirma como dueño y propietario D. Andrés Miguel Duchel, anterior Alcalde de esta Villa.
2º.- Por considerar que este lugar o camino no fue respetado por los dueños o constructores del parcelado del prado de las eras, así como si se respetaron otros existentes en el mismo lugar, lo pongo en su conocimiento para que abra la calle de modo inmediato haciendo de la policía anticorrupción, el uso que la ley le otorga.
3º.- Con anterioridad, a esta mi queja se solicitó por mí y en mí nombre, plano de parcelación del prado de las eras, cosa que hasta el día de la fecha estoy esperando y han pasado de ello años.
Se nombran como testigos a declarar, por donde entran “doce vacas”, si no son retiradas las vallas que otros hicieron.
D. Santiago Hoyas Cueva. D. Pablo Díaz Betas. D. Félix Ávila Gómez. D. Martín Ávila Ramos. D. Elías Bravo Vacas. D. Pablo Corrales Flores. D. Julián Duchel Roques. D. Francisco Fernández Grande. D. Aurelio Salor Moreno. D. Heliodoro Núñez Duchel. D. Lázaro Terrón Rubio. D. Florencio Trinidad Grande.
Desde Cáceres informa: Fermín Laina Centeno.