Artículo 19: Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.
Artículo 21: 1. Se reconoce el derecho de
reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho " ¡" ¡"NO NECESITARÁ AUTORIZACIÓN PREVIA"!"!".
2. En los casos de
reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se " ¡" ¡"DARÁ COMUNICACIÓN PREVIA"!"!" a la autoridad, que solo podrá prohibirlas cuando existan RAZONES FUNDADAS de alteración del orden público, con
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