Se establecerá una cartera común suplementaria que incluirá las prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación ambulatoria, y que están ya sujetas a aportación del usuario. Junto a esta cartera habrá otra de servicios accesorios, con actividades, servicios o técnicas que, prestación sanitaria, se consideran imprescindibles para ciertas patologías, caso de los cosméticos para pacientes con enfermedades raras
Los pensionistas deberán pagar entre 8 y 18 euros al mes por los medicamentos
Los pensionistas con menor poder adquisitivo y los parados de larga duración quedan exentos del copago
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