Robo a mano armada de la iglesia
El Arzobispado de Valladolid, que tiene que devolver 24 millones de euros de una herencia. Esta es la historia:
La mayor herencia que ha recibido el Arzobispado de Valladolid en los últimos años, estimada en 24 millones de euros, y de la que viene haciendo uso desde 1999, debe ser devuelta a los herederos de las testadoras, Carmen y María Luisa Gómez del Peral, fallecidas en julio y en octubre de 1999, respectivamente, en una residencia de Tordesillas.
Así lo determina la Sección Primera de lo Civil de la Audiencia Provincial en la sentencia 129/2006 que ratifica el fallo en la misma línea que dictó el Juzgado de Primera Instancia 9 de Valladolid sobre el procedimiento ordinario 770/04, con fecha de 29 de julio de 2005.
El varapalo para la Diócesis de Braulio Rodríguez es mayúsculo, puesto que el Arzobispado siempre ha manejado el legado como amarrado y consolidado en sus cuentas. El patrimonio que, de momento, ha perdido la Diócesis equivale al presupuesto de cuatro años.
La Audiencia resuelve que el testamento abierto que otorgaron las hermanas el 11 de noviembre de 1994 legando al Arzobispado todos sus «bienes muebles e inmuebles, valores y depósitos de todo tipo», queda invalidado por otro testamento ológrafo (escrito a mano) que Carmen y María Luisa otorgaron, de forma recíproca, el 23 de diciembre de 1996.
Las dos, ya viudas, manejaban, especialmente Carmen, la inmensa fortuna de su esposo, José María de la Cuesta Maura y, en menor medida, de su cuñado José Antonio de la Cuesta. Este testamento fue escueto, rudimentario y con faltas de sintaxis propias de la edad (María Luisa y Carmen rondaban los 90 años).
Cada una de las hermanas redactó el testamento con la única intención de asegurar a la que sobreviviera la disposición de sus bienes. «Yo Carmen Gómez del Peral, si me ocurriera algún accidente en el (que) perdiera la vida, dejo a mi única hermana María Luisa todos mis vienes (sic) a mi única hermana que haga con ellos lo que quiera». Ese mismo día, su hermana María Luisa redactó otro en términos parecidos.
Dicho de forma rápida, se designaron herederas entre ellas y al final, a efectos legales, se quedaron como si no hubieran otorgado testamento para terceros.
La Iglesia de Valladolid se batió el cobre para desvirtuar este documento, protocolizado el 13 de julio de 2000 por el Juzgado de Primera Instancia Número 4. Llegó incluso a encargar un prolijo dictamen al catedrático de la Universidad Complutense Fernando Pantaleón -concluía que el manuscrito «modalizaba» pero no «invalidaba»-, que a la postre no ha servido para nada.
Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia coinciden en la «plena validez» del ológrafo, por lo que deja sin efecto el anterior, y, así, condena a la Diócesis «a devolver el caudal hereditario, así como sus frutos e intereses», además de pagar las costas procesales.
Parece claro que en el Arzobispado de Valladolid no se aclaran muy bien con el asunto de la gestión de patrimonios, como ya quedó claro durante el escándalo de Gescartera.
El Arzobispado de Valladolid, que tiene que devolver 24 millones de euros de una herencia. Esta es la historia:
La mayor herencia que ha recibido el Arzobispado de Valladolid en los últimos años, estimada en 24 millones de euros, y de la que viene haciendo uso desde 1999, debe ser devuelta a los herederos de las testadoras, Carmen y María Luisa Gómez del Peral, fallecidas en julio y en octubre de 1999, respectivamente, en una residencia de Tordesillas.
Así lo determina la Sección Primera de lo Civil de la Audiencia Provincial en la sentencia 129/2006 que ratifica el fallo en la misma línea que dictó el Juzgado de Primera Instancia 9 de Valladolid sobre el procedimiento ordinario 770/04, con fecha de 29 de julio de 2005.
El varapalo para la Diócesis de Braulio Rodríguez es mayúsculo, puesto que el Arzobispado siempre ha manejado el legado como amarrado y consolidado en sus cuentas. El patrimonio que, de momento, ha perdido la Diócesis equivale al presupuesto de cuatro años.
La Audiencia resuelve que el testamento abierto que otorgaron las hermanas el 11 de noviembre de 1994 legando al Arzobispado todos sus «bienes muebles e inmuebles, valores y depósitos de todo tipo», queda invalidado por otro testamento ológrafo (escrito a mano) que Carmen y María Luisa otorgaron, de forma recíproca, el 23 de diciembre de 1996.
Las dos, ya viudas, manejaban, especialmente Carmen, la inmensa fortuna de su esposo, José María de la Cuesta Maura y, en menor medida, de su cuñado José Antonio de la Cuesta. Este testamento fue escueto, rudimentario y con faltas de sintaxis propias de la edad (María Luisa y Carmen rondaban los 90 años).
Cada una de las hermanas redactó el testamento con la única intención de asegurar a la que sobreviviera la disposición de sus bienes. «Yo Carmen Gómez del Peral, si me ocurriera algún accidente en el (que) perdiera la vida, dejo a mi única hermana María Luisa todos mis vienes (sic) a mi única hermana que haga con ellos lo que quiera». Ese mismo día, su hermana María Luisa redactó otro en términos parecidos.
Dicho de forma rápida, se designaron herederas entre ellas y al final, a efectos legales, se quedaron como si no hubieran otorgado testamento para terceros.
La Iglesia de Valladolid se batió el cobre para desvirtuar este documento, protocolizado el 13 de julio de 2000 por el Juzgado de Primera Instancia Número 4. Llegó incluso a encargar un prolijo dictamen al catedrático de la Universidad Complutense Fernando Pantaleón -concluía que el manuscrito «modalizaba» pero no «invalidaba»-, que a la postre no ha servido para nada.
Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia coinciden en la «plena validez» del ológrafo, por lo que deja sin efecto el anterior, y, así, condena a la Diócesis «a devolver el caudal hereditario, así como sus frutos e intereses», además de pagar las costas procesales.
Parece claro que en el Arzobispado de Valladolid no se aclaran muy bien con el asunto de la gestión de patrimonios, como ya quedó claro durante el escándalo de Gescartera.