SAN ROMAN DE HORNIJA: Condiciones Primera- Se concede a x Xx, autorización...

Condiciones

Primera- Se concede a x
Xx, autorización para extraer del acuífero 02.06 un caudal total
Continuo equivalente de 0, 106 l/s, en término municipal de San
Román de Hornija (Valladolid), con destino a riego de 2, 65 ha de viñedo
Por goteo y un volumen máximo anual de 1060 m3.

Segunda.- La administración se reserva el derecho de exigir al
Titular de la captación, las instalaciones o dispositivos de control en
La toma que permitan asegurar que sólo se derivarán los caudales y
Volúmenes inscritos, siendo por cuenta del titular las remuneraciones
Y gastos que se originen por este concepto.

¿Cuando empezaremos a pedir que controle el agua de los pozos?
¿Esto no interesa?
¿No es un bien que puede faltarnos a todos?
¿Pediremos que se cumpla la normativa?