CASTILLEJO DE ROBLEDO: Roturación de términos...

Roturación de términos

A principios del siglo XIX, vivían sus pocos vecinos, podíamos decir una vida miserable.
Por esta época llegó de cura párroco, D. Tomás Catalina, y juntamente con su padre inculcó a
los vecinos la idea de cultivar tantas tierras que tenían perdidas.

Movidos por las razones de tan Rvdo. Párroco, empezaron a roturar los términos siguientes
: El 27 de noviembre de 1836 " Vallejo Caballero " y Carra Ayllón. El 8 de mayo de 1838
Carramolinos. El 24 de Enero de 1839, Prado Quemado. El 3 de febrero de 1842 " LOS
Borresquillos". El 17 de diciembre del 1843, el camino de Maderuelo, Corral Quemado, Vallejo
de la Mujer, La Loma, Carro Verde, La Florida, el Camino Real abajo hasta los colmenares de
la Raposa. El año 1852 Cercorquilla y el camino de Aldealengua.

Posteriormente a primeros de este siglo, año 1902, se empezó a roturar el Quemado, y
pocos años después, todo o la mayor parte del territorio de la parte de las viñas.

Se deduce que hasta antes del siglo diecinueve, sólo cultivaban el terreno situado en los
barrancos o valles, no obstante en épocas remotas se cultivó todo el territorio, pues al roturar
recientes roturaciones aparecían mojones de piedras calcinados y deshechos por la intemperie, lo
cual demuestra que la vida del pueblo era esencialmente agrícola.

Yo creo que después de los años mil, volverá a se lo que fue, monte todo en lo que el gran
número de ganado sea la principal riqueza; en la actualidad es verdad que les produce la
agricultura muchísimo; tanto es así que es el pueblo que más cosecha de toda la comarca. La
tierra podemos decir que es virgen; pero así como en tiempos antiguos dejaron de arar y lo
dedicaron al pastoreo, lo mismo acontece con el rodar de los siglos, cualquier persona que
analice el territorio, se convence que es más apropiado para la ganadería que para la agricultura.

Según los datos que se conservan en el archivo, el año 1752 siendo cura párroco D. Antonio
de Prado, todo el pueblo con su correspondiente territorio, era señorío del Conde de Miranda,
Duque de Peñaranda, que a principio del siglo XVII, lo era el séptimo Conde de Miranda,
llamado D. Juan de Zúñiga Avellaneda y Cárdenas, Virrey de Nápoles y Capitán General de
Cataluña, el cual se casó con una sobrina carnal llamada María de Zúñiga Avellaneda y Bazán
y naturalmente, tenían estos señores el derecho " Mariniagas y alcábala".

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