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No siempre llueve a gusto de todos pero no veáis como está el Pozo de los Humos. Esta primavera merecerá la pena darse un paseo por Las Arribes y si lo completamos con un viaje en barco mejor. Bueno, José Miguel, me alegro hayas dado con la cantidad de huevos que iban en la cesta. Seguro que más de uno también lo ha sacado. Si no te importa voy a poner el que tu me dijiste para que sigamos haciendo un poquito de ejercicio mental.
Va una Sra a la iglesia, se pone a rezar frente a Santa Rita y le ... (ver texto completo)
Relaciones con los poderes superiores.- El concejo constituía un poder autónomo, con soberanía. Durante la Baja Edad Media hubo un robustecimiento considerable de las atribuciones centrales de la monarquía, la justicia regia progresa en las ciudades, enviando jueces o pesquisidores, pero también en los señoríos se formaban concejos favorables a tal señor. Los grandes concejos urbanos no solo decidían en algunas materias de su incumbencia, si no que a veces llegaron a oponerse a decisiones superiores, lo que prueba su potencia jurídico-política.
En las villas bajo señorío existe el tópico de que su personalidad política era anulada por estos señores, aunque no siempre pasaban los atributos jurisdiccionales del rey al señor. El poder militar estaba incluido, los titulares jurisdiccionales tuvieron castillos y fortalezas de las villas, el frente de los cuales situaron alcaldes, autoridades estas que escaparon al poder concejil. A veces se especificaba la capacidad de nombrar autoridades, regidores y derechos del concejo, también se otorgan a los señores capacidades fiscales: “rentas, pechos y derecho” los señores pudieron exigir tributos. Los reyes se reservaban en los señoríos concedidos: la “mayoría de justicia” que en la práctica no se empleaba; los impuestos inalienables, como las alcábalas, que eran los principales impuestos de la Corona, o los servicios; la capacidad de hacer leyes; la capacidad de otorgar estas mercedes y privilegios o de revocarlos, porque en algunas de estas fórmulas aparece ya la referencia al poder absoluto del rey.
En cambio, las materias de gobierno y política económica, como concretar las bases imponibles y el régimen fiscal, los aprovechamientos pastoriles, las medidas de abastecimiento y mercantiles, fueron determinados principalmente por las fuerzas locales. Los señores de las villas intervinieron de forma decidida cuando se trataba de asuntos de orden público y funcionamiento de la justicia, reclutamientos militares y exigencia de impuestos.
De la H. de Salamanca. (42) ... (ver texto completo)
Desde hace mucho tiempo, en nuestras tierras, tanto por haber tenido muy cerca el Islam como por convivir con gentes de otras religiones (judíos y musulmanes) los cristianos hicieron gala y demostración de su predominio en cuanto a religión y poder, sacando a las calles sus imágenes, fervor y devoción. En las cofradías religiosas pronto se exageró la sumisión a la fe. Esta forma extrovertida de mostrar los sentimientos siguen hoy día en nuestras calles de casi todas las ciudades y pueblos de España ... (ver texto completo)
Hola Rober, soy Pepe Luis, querría preguntarte si tu tienes noticias o sabes donde se encuentra Miguel Vicente el hijo del señor Beli, estoy intentando contactar col él pues este año se cumplen los 50 años de la promoción de seminaristas que ingresamos en el Seminário de Linares de Riofrio el año 1963, nos hemos reunido unos cuantos (40) para celebrarlo y estamos intentando que seamos mas; si alguien del foro sabe alguna noticia de su paradero me gustaría saberlo, se lo agradecería.
Gracias.
Saludos Pepe. Aunque hace ya unos cuantos años que no tengo noticias de Miguel Vicente, lo último que se de él es que vivía en Reus. Quizás puedas localizarlo a través de sus padres el Sr. Beli y la Sra. Bella que fueron a vivir a Doñinos de donde era ella y quien pudiera darte noticias del lugar donde viven (si es que no han fallecido) es Angel, el que está casado con María del Mar (hija de Tere y Amado) que él es de Doñinos. Quizás por ahí puedas saber algo. Me alegraría pudieras contactar con ... (ver texto completo)
Hola Rober, soy Pepe Luis, querría preguntarte si tu tienes noticias o sabes donde se encuentra Miguel Vicente el hijo del señor Beli, estoy intentando contactar col él pues este año se cumplen los 50 años de la promoción de seminaristas que ingresamos en el Seminário de Linares de Riofrio el año 1963, nos hemos reunido unos cuantos (40) para celebrarlo y estamos intentando que seamos mas; si alguien del foro sabe alguna noticia de su paradero me gustaría saberlo, se lo agradecería.
Gracias.
Carácter general del sistema impositivo.- No todos los súbditos estuvieron bajo el peso de la obligación contributiva. Sólo debían tributar los libres, siervos y semilibres, de carácter rural, que son denominados pecheros, al ser los únicos que pagan pechos o tributos. Los nobles y clérigos estaban exentos de tributar, si bien pagan algunas contribuciones extraordinarias. Junto a ellos hay que colocar a los excusados (paniaguados), personas a las que se extiende la exención tributaria de los señores por vivir con ellos. Los caballeros villanos estuvieron exentos de ciertos impuestos y a ellos hay que añadir las exenciones propias de los terrenos recientemente colonizados, habida cuenta que la exención tributaria fue utilizada para repoblar.
Hubo otros impuestos extraordinarios. Los reyes acudieron con frecuencia a enajenaciones de recursos en favor de nobles, iglesias y monasterios.
La recaudación de impuestos como el tránsito de personas y mercancías (portazgos, puentazgos, aduanas, etc). Durante la reconquista perduró el teloneum romano, tributo que gravaba el tránsito de las mercancías que se llevaban al mercado para su venta y la misma venta. En las zonas musulmanas se pagaba un tributo llamado al-qabala (la gabela) que gravaba todas las transacciones que se realizaban en los zocos. Este impuesto fue copiado en el S. XII en Castilla y León.
Los musulmanes y judíos pagaban una contribución de carácter personal por el hecho de vivir en territorio cristiano.
Del Manual de H. y del Derecho. (42) ... (ver texto completo)
Las reuniones del Concejo cerrado o Regimiento no eran muchas. La justicia -alcalde y corregidor si existía- y regidores con el escribano para levantar acta se reunían dos o tres veces por semana, salvo que fuera preciso hacerlo con más frecuencia. Los regidores eran el eje de estas reuniones. Sólo ellos tomaban decisiones, salvo asuntos judiciales. Pero funcionaban de forma colegiada, no a título individual.
En cuanto a los lugares de reunión del concejo, solía haber estabilidad, pero hubo cambios ... (ver texto completo)
Esta vez en Barbadillo. Una señora tenía gallinas y por supuesto éstas le ponían huevos por lo que decidió salir a venderlos. Ni corta ni perezosa los mete en una cesta y va por las casas ofreciendo su producto. Llama a una puerta y sale la dueña. - ¿Quiere Vd. huevos? A lo que la señora mirando la cesta responde. Sí, deme la mitad de los que llevas mas medio huevo. Así lo hace y continúa hacia otra casa. Llama a la puerta y sale otra señora a la que pregunta si quiere huevos. Esta segunda señora ... (ver texto completo)
Se me olvidó. La descarga es gratuita. Disfrutadlo.
Saludos / Vega
Hola gente del foro de Adehuela.
Soy hija de Fili, de La Fuente, que vivió ahí, y aunque él no se apaña con esto de internet, sí le gusta leer los comentarios. Le hemos descargado un libro de vuestra paisana y me pide que os lo recomiende. La verdad es que muchos os veréis reflejados en sus páginas. Pues en su nombre y en el mío, os dejo abajo el enlace para que lo divulguéis entre vuestros paisanos.
Un saludo / Vega
http://www. bubok. es/libros/222432/EL-TIEMPO-EN- EL-CABAS
Aspectos institucionales.- Los concejos eran, en esta época, centros de poder que competían con los centros de decisión señoriales o monárquicos y sobre los mismos espacios o territorios.
Las instituciones municipales se articulaban en torno a unos grandes troncos de oficios públicos como eran los encargados de ejercer la justicia, en la doble vertiente judicial y de mantenimiento del orden; corregidores, alcaldes, alguaciles así como otros cargos más cercanos, los regidores. En ellos recaía la responsabilidad de gobierno, de administración general como política agraria, reparto de carga fiscal, mercados, abastecimiento, etc, siempre que concurriera con las decisiones de los reyes o de los señores de la villa.
También existían los oficios de representación de pecheros; sexmeros y procuradores de los pecheros y ya en menor importancia estaban los oficios de gestión como los encargados de controlar el mercado, mensajeros, escribanos, etc.
La justicia se ejercía en los concejos de ciudad o villa, o sea, en los concejos cabeceros y no en los concejos rurales, que dependían de aquellos. La figura del “juez del concejo” que en los S. XII-XIII no era quien juzgaba, lo hacían los alcaldes, pero era de gran relieve pues era la autoridad que conducía y organizaba las milicias concejiles, dejó de tener significado a lo largo del S. XII, pero no perdió la atribución local de la justicia. A finales del S. XIII se va estableciendo una pugna entre los sistemas de justicia de fuero y las llamadas “de fuera” o de “salarios”, en que unos alcaldes venidos de fuera o por lo menos no designados por las fuerzas locales, sino por reyes o señores jurisdiccionales, ejercían a cambio de un salario unas funciones judiciales que escapaba al control local, donde lo hubo, se convirtió en la máxima autoridad judicial de los concejos al ejercer la doble función de “juez y corregidor”.
Muchos concejos mantuvieron durante largas etapas alcaldes locales y aunque puede afirmarse que fue en la justicia donde mas competencias perdieron los concejos de la época bajomedieval, en modo alguno fue un proceso automático o simple, en muchos lugares se mantuvo el nombrar “alcaldes por nuestro fuero”.
Los regidores fueron los principales dirigentes de los concejos. Alfonso XI fue quien estableció que un número de personas gobernara las villas y ciudades.
En Mayo de 1.475 la ciudad recibía al rey don Fernando solemnemente. En nombre de la Ciudad, Rodrigo Maldonado de Talavera, tomó la palabra para afirmar que Salamanca era “muy leal e muy noble”.
De la H. de Salamanca. (41) ... (ver texto completo)
Me alegro continúes en este círculo de forofos y enhorabuena por tu respuesta. Efectivamente, el Padre se casa con su propia hija de la que tiene un hijo, de tal forma que el hijo es hijo y a la vez hermano de su madre, el padre es el marido de su propia hija, la hija es a la vez esposa de su padre, madre de su hijo y a la vez hermano de su propio hijo. (Te repito la enhorabuena)
El acertijo que planteas es del mismo estilo que el anterior. Creo se trata de dos viudos que cada uno tiene una hija ... (ver texto completo)
A veces nos hemos preguntado si el nombre de TESO DE LAS MORAS viene por si en él hubo zarzas-moras o por el contrario por que realmente fue habitado por "moras". Yo era reacio a mantener la teoría de D. José Luis (párroco de nuestro pueblo fallecido hace unos años). D. José Luis mantenía la teoría que dicho Teso tenía su nombre porque antiguamente cuando el pueblo se encontraba situado en las cercanías de las antiguas pozas -BAYONAL- las moras eran enviadas al final de su embarazo para dar a luz ... (ver texto completo)
Bonito recuerdo de mi niñez, en primer lugar "el toral", ahora esta bien pavimentado, ahi jugabamos al fronton, el piso era de tierra. Acto seguido se ve el Ayttº ya reformado,..... y al fondo de la foto, se divisa una chimenea mas pequeña,..... pertenece a la casa de mi madre Salud.
Chaooo.... a todos.
Jose Matias.
Holaaa: Soy jose matias, para mi esta sera siempre,..... la casa de mi tia Natividad y de mi tio Jeronimo.
Me llama la atencion, la buena restauracion que le han hecho, segun me cuentan, la compro una familia de Madrid, les felicito por su buen gusto.
Saludos de Jose Matias.