CONTINUACION DEL MENSAJE ANTERIOR
Por otra parte, el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que he citado con anterioridad, dice textualmente, en su Subsección IV, lo siguiente:
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Artículo 92. Naturaleza y hecho imponible.
1. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica es un tributo directo que grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas, cualesquiera que sean su clase y categoría.
... (ver texto completo)
Por otra parte, el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que he citado con anterioridad, dice textualmente, en su Subsección IV, lo siguiente:
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Artículo 92. Naturaleza y hecho imponible.
1. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica es un tributo directo que grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas, cualesquiera que sean su clase y categoría.
... (ver texto completo)