Es curioso que del pueblo se haya elegido la foto del molino. De ahí procede mi familia.
Camino de va al abanico.
Repitidor de te.V. Castrecias.
CAPITULO XII:CORTE DE LEñA. Otrosí hordenamos y mandamos que qualquier persona, que pareziere aver cortado leña en las matas de este Conzexo después o antes que se aya hechado las adras como tienen de uso y costumbre, la tal persona aya de ser y sea castigada en sesenta maravedís y además de todo esto pague lo que baliere la leña que tubiere cortado y la propia persona pague (el daño) que pareziere haber hecho en las matas algunas bezes verezos y espinos.
El apellido no lo recuerdo, elnombre Doña Mary, te suena de algo?
Flor comemeriendas, empieza la primavera 2005.
En lo relativo a nuestro pueblo o valle hay escrito más de lo que nos creemos. Eduardo.
Por lo visto durante los años 739-62 hubo un despoblamiento que asoló las tierras de la cuenca del Duero en parte dirigido por Alfonso y para llevar acabo un vací de las tierras con un fin defensivo entre la Cordillera Central y las montañas cantábricas y de esta forma concentrar las tropas cristianas en las montaña.
En Burgos se creo una línea defensiva que desde el norte de Amaya hasta los montes Obarenes pasando por el Valdelucio, garganta del Urbel y páramo de Masa. A este tipo de murallas defensivas ... (ver texto completo)
A ver si nos animamos y escribimos un poco más!
Quien era la maestra por entonces? Se apellidaba Vilda?
De lo alto de los valles al fondo Paul.
A mi me gusta ir a vranear porque alli tengo familia, abuelos, primos tios.Y tambien tengo para jugar con las chiguitas y tengo para andar en bicicleta cosa que en la ciudad casi ni se puede.Yo me lo paso mejor en Castrecías que donde vivo.
Foto hecha em marzo se ve neveros, al fondo peña mesa con niebla.
CAPITULO por: ASIENTO. Y ansí mesmo hordenamos y mandamos que, assí como los vezinos que al presente somos como los que en adelante fueren, tomemos y tomen los asientos en público Conzexo según antiguedades en el tiempo que entramos y entraren tales vezinos. Sin dar lugar a quexas, pena de sesenta maravedís y en rebeldía doblada dicha pena.