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CANALES: (continuación de los Estatutos de la Cofradía)...

(continuación de los Estatutos de la Cofradía)

En Canales a 18 Set. 1887, reunida la junta de esta Cofradía en Cabildo celebrado en el mismo día bajo la presidencia del Párroco se acordó excluir de esta esclavitud por no haber satisfecho los derechos de entrada a los sujetos siguiente XXX, XXXX, XXX, ---. Y para que conste lo firman el Abad y Diputados juntamente con el Párroco.

En el día 25 Marzo 1889 después de haber precedido las formalidades del capítulo primero de este libro fueron admitidos los hermanos XXX y su mujer XXXX, vecinos de esta Parroquia y en el día 12 de Abril del mismo año con las mismas formalidades entraron en la hermandad XXXX, XXXX, XXX -----, vecinos de la referida. Canales, 14 Abril 1889.

En Canales a 4 Enero 1890, reunidos los hermanos en cabildo se procedió a los nombramientos de cargos de Abad, Tesorero y Diputados y regentando el primero Manuel Diez el de Tesorero Victoriano Rodríguez quien recibe el alcance final consistente en 473 pts con 64 céntimos de mano del tesorero anterior Pedro Rabanal, cuyo nuestro tesorero dará cuenta en su día de dichos fondos, y el de diputados quienes le auxiliarán en el cobro de dichos intereses, Tomas Rabanal y Florencio López. Y para que conste lo firman en Canales fecha referida.

En Canales a 4 de Enero 1891 reunidos los hermanos en Cabildo se procedió a los nombramientos de cargos de Abad, Tesorero y Diputado y regentando el primero Pedro Rabanal el de tesorero Gabriel Rabanal quien recibe el alcance final consistente en 607 pts con 94 cent, de mano del tesorero anterior Victoriano Rodríguez, cuyo nuestro tesorero dará cuenta en su día de dichos fondos y el de diputados, quienes le auxiliara en el cobro de dichos intereses. Emilio Rodríguez y Julián Fernández. Y para que conste lo firman en Canales fecha referida.

En el día 21 Nov 1892 después de haber precedido las formalidades del capítulo primero de este libro fueron admitidos de hermanos.
Entraron de hermanas en este día los sujetos que á continuación se expresan. XXX, XXX, XXX ---, todos vecinos de esta Parroquia. Canales, 21 Nov 1892.
Estos individuos fueron admitidos en la hermandad con esta fecha.

(susana)