CANALES: No se puede afirmar que existiera un derecho dinástico,...

No se puede afirmar que existiera un derecho dinástico, aunque se suponía que la divinidad se transmitía por las mujeres de la casa real: por eso los reyes se casaban con sus hermanas e incluso con sus hijas, transmisoras del derecho, y aseguraban al heredero nombrándole corregente. Cuando se nombraba heredero a un hijo de las esposas secundarias o se usurpaba la corona, siempre era “voluntad divina”. El hecho de ser las mujeres transmisoras de la divinidad, hizo que, si bien el faraón recibía princesas de otros reinos en virtud de algún tratado, éstas no eran más que esposas secundarias y no se entregaba a otra de la casa real en correspondencia.