LEY II.
D. Fernando y D. Isabel en Alcalá á 28 de febrero de 1498.
Modo de pagar los carreteros los derechos de portazgos, pontazgos y otros.
Mandamos a los portazgueros y aduaneros, y otras personas que cogen qualesquier portazgos y pontazgos y castillería y otros qualesquier derechos, que de aquí adelante tengan lugar y, sitio cierto y señalado donde los carreteros puedan ir a pagar y paguen los portazgos y derechos que fueren obligados en el camino por donde hobieren de pasar, sin que ... (ver texto completo)
D. Fernando y D. Isabel en Alcalá á 28 de febrero de 1498.
Modo de pagar los carreteros los derechos de portazgos, pontazgos y otros.
Mandamos a los portazgueros y aduaneros, y otras personas que cogen qualesquier portazgos y pontazgos y castillería y otros qualesquier derechos, que de aquí adelante tengan lugar y, sitio cierto y señalado donde los carreteros puedan ir a pagar y paguen los portazgos y derechos que fueren obligados en el camino por donde hobieren de pasar, sin que ... (ver texto completo)