ALCONCHEL DE LA ESTRELLA: 10:31 ...

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Multas de hasta 60.000 euros para sancionar conductas temerarias

La ordenanza municipal de los encierros establece una serie de infracciones, diseñada para filtrar los comportamientos que comprometen la seguridad. Su sanción se rige por la escala recogida en la Ley Foral del Gobierno de Navarra. El grueso de las conductas sancionables se agrupa bajo las infracciones leves, con multas de hasta 600 euros. Aquí la normativa pone el foco en el respeto a los límites y la prohibición de elementos ajenos a la carrera: desde llevar calzado inadecuado o mochilas, hasta desbordar los límites marcados por los agentes o situarse en zonas prohibidas como ángulos muertos, entre otras.

En un escalón intermedio se encuentran las infracciones graves, con multas de entre 601 y 6.000 euros. Este bloque sanciona acciones que entorpecen el desarrollo fluido de la carrera o ponen en riesgo la seguridad colectiva: desde correr hacia las reses o tocarlas, hasta el uso de drones o dispositivos de grabación no autorizados en el trazado del encierro. También se castiga la presencia de personas bajo los efectos del alcohol o drogas.

Por último, las consideradas infracciones muy graves pueden acarrear elevadas multas de entre 6.001 y 60.000 euros. Se reservan para aquellos que rozan la temeridad, como participar en el encierro usando medios mecánicos, tales como patines o bicicletas. También se castiga cualquier actitud que genere un peligro inminente para la integridad física propia o de terceros.