Ley de bases de regimen local:
Articulo 68 ley 7/1985:
Las entidades locales tienen la obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos.
Articulo 68 ley 7/1985:
Las entidades locales tienen la obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos.