2007-05-10 01:36:57
Voto por correo: Residentes en España
El elector puede formular la solicitud del voto por correo hasta el día 17 de mayo
La solicitud se formulará personalmente en cualquier oficina de Correos de España, presentando el DNI, pasaporte o permiso de conducir (los originales, no sirve fotocopia de estos documentos), hasta el día 17 de mayo de 2007.
Remisión del voto por los electores: hasta el día 23 de mayo.
Tras recibir la documentación en su domicilio, el elector presentará el sobre modelo oficial, conteniendo el certificado de inscripción en el Censo Electoral y el de votación en el que se incluirá la papeleta, en cualquier oficina de Correos de España, hasta el día 23 de mayo de 2007. El envío será cursado como correo certificado y urgente con carácter gratuito.
www.correos.es
Saludos Ofelia.
[GoogleBarVIP= 2].
Voto por correo: Residentes en España
El elector puede formular la solicitud del voto por correo hasta el día 17 de mayo
La solicitud se formulará personalmente en cualquier oficina de Correos de España, presentando el DNI, pasaporte o permiso de conducir (los originales, no sirve fotocopia de estos documentos), hasta el día 17 de mayo de 2007.
Remisión del voto por los electores: hasta el día 23 de mayo.
Tras recibir la documentación en su domicilio, el elector presentará el sobre modelo oficial, conteniendo el certificado de inscripción en el Censo Electoral y el de votación en el que se incluirá la papeleta, en cualquier oficina de Correos de España, hasta el día 23 de mayo de 2007. El envío será cursado como correo certificado y urgente con carácter gratuito.
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