1.- Los cargos de responsabilidad de la Hermandad, tales como
Hermano Mayor y miembros de la Junta de Gobierno, deberán ser ocupados
Por aquellos hermanos que se distingan por su vida cristiana personal,
Familiar y social, así como por su vocación apostólica. Ellos deben
Dar ejemplo y ser estímulo para los demás hermanos, participando cada
Domingo en la celebración de la Eucaristía, recibiendo con frecuencia el
Sacramento de la Penitencia, siendo esposos y padres ejemplares.
2.- Son miembros elegibles los hermanos asociados que reúnan
Las condiciones del apartado anterior y además:
A) Sean mayores de edad.
B) Tengan tres años de antigüedad.
C) Tengan su domicilio en Puebla de Guzmán o a una distancia tal
Que le permita acudir a tiempo a cualquier requerimiento de la
Hermandad.
De) No pertenezcan a la Junta de Gobierno de otra Hermandad.
3.- No podrán ser miembros de la Junta de Gobierno de la Hermandad
Quienes ocupen puestos directivos en algún partido político, o
Ejerzan cargos públicos a nivel central, autonómico, provincial o local.
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