El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General del
Medio Natural ha emitido un informe sobre la situación del Parque Natural Tajo Internacional
en el que se ha detectado la presencia de una nueva especie no natural: el Muflón (Ovis
orientalis musimon), que pone en peligro la fauna existente en la zona. No se tiene conocimiento
de la posible vía de aparición de esta especie, por lo que ha de considerarse una
introducción accidental o ilegal. La especie no natural detectada se encuentra en fincas no
cercadas cinegéticamente con lo que es posible la expansión de la misma al resto de fincas
del parque.
En el artículo 27.5 del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio
Natural “Tajo Internacional”, aprobado por Decreto 187/2005, de 26 de julio, se establece
que “Se velará por la no introducción en el medio natural de especies, subespecies o variedades
cinegéticas y piscícolas que no sean propias del Espacio Natural”.
RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2010, de la Dirección General del
Medio Natural, por la que se aprueba el plan de erradicación de la especie
“Muflón” en el Parque Natural Tajo Internacional
SI ALGUIEN ESTA INTERESADO EN ESTA PUBLICACION DEL D. O. E LO PUEDE CONSEGUIR POR ES ENLACE.
http://doe. juntaex. es/pdfs/doe/2011/110O/11060049 . pdf
Sludos FALCO
Primero. Aprobar el plan de erradicación de la especie muflón durante las temporadas cinegéticas
2011/2012, 2012/2013 y 2013/2014 en los terrenos incluidos dentro del Parque
Natural Tajo Internacional, estableciendo las medidas conducentes a la erradicación de las
poblaciones de muflón existentes en los mismos
Medio Natural ha emitido un informe sobre la situación del Parque Natural Tajo Internacional
en el que se ha detectado la presencia de una nueva especie no natural: el Muflón (Ovis
orientalis musimon), que pone en peligro la fauna existente en la zona. No se tiene conocimiento
de la posible vía de aparición de esta especie, por lo que ha de considerarse una
introducción accidental o ilegal. La especie no natural detectada se encuentra en fincas no
cercadas cinegéticamente con lo que es posible la expansión de la misma al resto de fincas
del parque.
En el artículo 27.5 del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio
Natural “Tajo Internacional”, aprobado por Decreto 187/2005, de 26 de julio, se establece
que “Se velará por la no introducción en el medio natural de especies, subespecies o variedades
cinegéticas y piscícolas que no sean propias del Espacio Natural”.
RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2010, de la Dirección General del
Medio Natural, por la que se aprueba el plan de erradicación de la especie
“Muflón” en el Parque Natural Tajo Internacional
SI ALGUIEN ESTA INTERESADO EN ESTA PUBLICACION DEL D. O. E LO PUEDE CONSEGUIR POR ES ENLACE.
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Primero. Aprobar el plan de erradicación de la especie muflón durante las temporadas cinegéticas
2011/2012, 2012/2013 y 2013/2014 en los terrenos incluidos dentro del Parque
Natural Tajo Internacional, estableciendo las medidas conducentes a la erradicación de las
poblaciones de muflón existentes en los mismos