MEMBRIO: Buenos días....

Buenos días.

Aparecido hoy en DOE

«4. Se permitirá el aprovechamiento turístico mediante una única embarcación por tramo, para lo cuál se precisará, además, de las correspondientes autorizaciones emitidas por otros organismos, una autorización emitida por la Dirección del Espacio Natural Protegido.
La embarcación turística a la que se refiere el párrafo anterior podrá navegar en el tramo del río Tajo comprendido entre la presa de Cedillo y la desembocadura de la rivera de Sao Domingo (en la vertiente portuguesa), 700 metros aguas arriba del camino al Tajo desde Herrera al arroyo Negrales, durante todo el año. Asimismo, podrá navegar, ampliándose el tramo anterior hasta el camino de la fuente de La Gergosa, situada en el término municipal de Santiago de Alcántara, durante el periodo comprendido entre el 1 de agosto y el 15 de enero. En ambos casos con los condicionantes para las dos rutas
que se marquen en la autorización de la Dirección del Espacio Natural Protegido».