ZONAS COMUNES Y RECREATIVAS
- Además, «se permite asimismo la apertura al público de las zonas comunes y las zonas recreativas de los centros y parques comerciales, limitando su aforo al 40% por ciento. Asimismo, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en los mismos se fija también en un cincuenta por ciento», agrega.