¿PODRíA DECIR EL
AYUNTAMIENTO QUé SIGNIFICA ESTO?
Http://195.57.11.48/bop/2005/07/20050714_3926.pdf
BOLETíN OFCIAL DE LA PROVINCIA, fecha 14 de julio de 2005
Que en la sesión extraordinaria y urgente, celebrada el día 24 de mayo de 2005, se adoptó acuerdo por mayoría absoluta, en orden a permutar un terreno propiedad del Ayuntamiento, al sitio denominada
Laguna, de una superficie de 6345 m., estando clasificado como suelo no urbanizable común, con la calificación de utilidad pública o social,
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