Residencia de Mayores "Maestro Francisco Casanovas, TORREVIEJA

RECUERDOS DE LO QUE FUIMOS:

Entre paredes de calma y de abrigo,
viven historias de ayer y de hoy.
Manos que cruzan el tiempo y el frío,
buscando un beso que traiga el perdón.
Son las raíces de un gran árbol viejo,
hojas doradas de un tiempo feliz.

ATENCIÓN SOCIO SANITARIA:

La atención socio sanitaria ha visto desviada su centro de gravedad hacia la atención de lo sanitario. Es una asignatura pendiente o en vías de desarrollo cuyo debate permanece en lo abstracto.
Nació, como lo hizo el mismo trabajo social sanitario, de la evolución de la propia realidad social y como fruto de la evolución del estado de bienestar.
El sujeto de atención es una persona que precisa recibir asistencia sanitaria de una cierta intensidad, pero no requiere ser atendido en un hospital de agudos o de media o larga estancia o especializado, y que además se encuentra por sus circunstancias personales, económicas, familiares o de cualquier otra índole, ante una situación de necesidad social, entendido este término en sentido amplio.
Cuando hablamos de atención sanitaria estamos excluyendo las que entendemos como agudas, críticas o de emergencia, donde no interviene la situación social sea cual fuere, por lo que en sentido contrario estamos refiriéndonos a las demás situaciones que no merezcan tal calificación, como son la cronicidad, la dependencia, la enfermedad mental, la discapacidad, la rehabilitación, la convalecencia, todos ellos con independencia de la causa que los haya originado, y cualesquiera otros que originen una situación similar y que puedan ser atendidas de forma ambulatoria no precisando para su correcta atención el ingreso hospitalario.
En los “Principios de la Atención Sociosanitaria” deben incluir aquellos servicios sanitarios con sus profesionales sanitarios, son los que deben prestar la asistencia sanitaria. Para que un espacio pueda considerarse como un “espacio sociosanitario” y para que en el mismo pueda prestarse atención social y sanitaria conjuntamente, es decir “atención sociosanitaria” deberá disponer de los medios materiales, tanto estructurales como técnicos, que hagan posible que esas atenciones, y especialmente la sanitaria, puedan ser prestadas en las debidas condiciones de calidad y seguridad.
Es necesario, casi urgente ya, avanzar en un modelo básico a nivel nacional que garantice la igualdad de derechos de todos los españoles en todo el territorio nacional sin depender de que, en la Comunidad Autónoma donde resida, se haya avanzado más o menos en los instrumentos y modelos de coordinación sociosanitaria.