3. Tiempo de cotización para calcular la cuantía: 25 años Antes del 1 de enero de 2013, para determinar la cuantía de la pensión que le correspondía a una persona, se tomaban los 15 años de cotización a la Seguridad Social inmediatamente anteriores a la jubilación.
Los complementos mínimos a la pensión serán solo para residentes en España
Con la reforma de las pensiones, este periodo se incrementa en un año por cada ejercicio. Así, en 2013 se calculará sobre 16 años, en 2014 sobre 17 hasta llegar
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4. Si se ha perdido el empleo en los últimos años de vida laboral, se puede ampliar el periodo de cálculo A la hora de calcular la cuantía correspondiente por la pensión de jubilación, los trabajadores despedidos en los últimos años de su vida laboral pueden verse perjudicados. A partir de ahora, tienen la posibilidad de que, de manera voluntaria, se les tenga en cuenta un periodo de cotización más amplio, siempre que les resulte más favorable.
Es necesario que hayan perdido su puesto de trabajo por una causa no imputable a su libre voluntad y que, a partir del cumplimiento de los 55 años de edad y al menos durante 24 meses, hayan experimentado una reducción de las bases de cotización respecto de la acreditada con anterioridad a la extinción de la relación laboral. En este caso, hasta 2017, se les podrá ampliar la base de cómputo hasta 20 años, en vez de los 15 que se fijaban hasta ahora o los 16 de este año. A partir de 2017 y hasta 2022, se les podrá aplicar un periodo de cálculo de 25 años
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