Si continuamos con las respuestas que dieron nuestros bis, bis... abuelos (total son unas diez o doce generaciones antes que nosotros) pero en ellas ya se puede comprobar su forma de vida, propiedades y ocupaciones de todos ellos, sus fiestas, y muchas otras cosas que para alguno si logra hacer su árbol genealógico sea una grata sorpresa. 16º.- A la pregunta dieciséis respondieron que aunque no los establecerían a punto fijo, el total de los Diezmos que producen las tierras del término, les parece que por un quinquenio puede ascender en cada un año, a doscientas setenta fanegas de trigo, quince de centeno, quince de cebada, veinte de garrobas, cuatro de garbanzos y una fanega de avena; once corderos, treinta pavos, cuarenta y cinco pollos, ocho arrobas de lana y una de queso y por lo correspondiente a mulas, potros, becerros y demás que se dan en el término por no haber llegado al mínimo de Diezmo, expresados por cabezas, regulan por un quinquenio, podría ascender a cuatro Reales de Vellón y que el cuarto diezmo regulado también en la misma conformidad puede importar al año quince fanegas de trigo, una de cebada, fanega y media de garrobas y media de garbanzos; dos pavos, dos pollos, un vellón de lana, dos libras de queso y veinte maravedíes en dinero. Y que el Voto del Santo Apóstol Santiago podrá importar regulado por derecho y quinquenio de la mejor semilla diez fanegas y de los otros correspondientes (impuestos) del Beneficiario que éste lugar regulan, podrán ser doce fanegas de trigo, una de garbanzos, una de garrobas y dos de cebada. Y que de la encomienda de San Juan puede ascender a diecinueve fanegas de trigo, tres de garrobas y una de cebada. Y de los correspondientes al Beneficio de Canillas, una fanega de trigo y que a Primicias o Derecho puede ascender a seis fanegas de trigo, dos fanegas de centeno, dos de cebada, cuatro y media de garrobas, tres celemines de avena y tres fanegas de garbanzos, pero que sobre todo para mayor seguridad se remiten a la certificación de los mismos que el cura D. Bernardo Pericacho de este lugar haya dado.
17º.- A la pregunta diecisiete dijeron que en este lugar no hay minas, salinas, ni otra cosa de lo que contiene la pregunta.
18º.- A la dieciocho dijeron que en este lugar y su término no hay esquilmo ni esquileo, porque cada uno esquila y esquilma en su casa el ganado que tiene.
19º.- A la diecinueve respondieron que no hay colmenas en el término.
20º.- A la veinte dijeron que en este lugar hay las especies de ganados siguientes: cuarenta bueyes de labor; treinta vacas de paso; doce novillas; ocho erales; seis añojos; dos terneros; seis yeguas; un caballo de paso; tres potros; jumentos y jumentas de paso sesenta; pollinos de cría veinte; ciento cincuenta cerdos de sobre año; cincuenta de año; y ciento treinta de cría; quince carneros padres; mil ovejas; seiscientos corderos; ciento veinte carneros; doscientas cabras; cuarenta machos cabríos; cincuenta chivos; y cincuenta borregos cuyas especies de ganados son de los vecinos de este lugar; por lo que mira a los de la labor y vacuno, se mantienen mediante “pesebre”, a distinción de los meses de Abril, Mayo y Junio que pastaron en los prados concejiles y por lo que respecta a las demás especies de ganado expresados los mantienen, desde San Martín hasta Abril del año siguiente en los invernaderos que les dan acogida, de que no tienen casa fija y los restantes meses del año en el término de este lugar, cuidando cada uno los que les corresponde por sí o por sus criados. Correspondiendo especialmente del ganado lanar a Andrés Mediero como unas seiscientas cabezas; a María Sánchez ciento sesenta, a Francisco García cuarenta y como unas cuatrocientas que componen los demás vecinos que son las que regularmente tiene el pueblo en esta especie.
21º.- A la veintiuna pregunta dijeron que esta población se compone de ochenta y cuatro vecinos, incluidas viudas, beneficiados y cura y que no hay en las casas de campo o alquerías por no haberlas en el término.
22º.- A la veintidós dijeron que en este lugar hay ochenta y siete casas habitables, las ochenta con morador y las siete sin él; dos arruinadas y veinticinco pajares así como dos casas paneras.
23º.- A la veintitrés dijeron que en este lugar y su concejo solo tienen de propio el corral que sirve para encerrar los ganados que hacen daño, el que nada les produce, como resultara de las cuentas de Propios de que se ha dado certificación.
24º.- A la veinticuatro respondieron que el común de este lugar, no disfruta arbitrio alguno, que el que por propia, sin concesión alguna, tiene de aprovecharse el abasto de la taberna, el que por un quinquenio, podrá producir en cada un año seiscientos reales de vellón, cuya cantidad convierte en las precisas urgencias, como también resultara de las cuentas de dicho concejo.
25º.- A la pregunta veinticinco dijeron que el común de este lugar tiene de gastos en cada un año; La satisfacción del salario del fiel de fechos (secretario); Hijuela de gastos de la tierra; Predicación de Semana Santa; Locos de Valladolid; Misas de Buenos Temporales; Beredero de Bulas; Casa Santa de Jerusalén; Ayuda de locos; del pósito (utilización) de la tierra; de Sta. Bárbara; Convertidos de Sta. Fe, los que con otros mostrará las cuentas a esta Audiencia y que aproximadamente cada año ascienden a ochocientos reales de vellón.
26º.- A la veintiséis dijeron que el común de este lugar no tiene cargo alguno de este curso ni cosa que contiene la pregunta.
27º.- A la veintisiete respondieron que este lugar paga a Su Majestad, que Dios guarde, por razón de servicio ordinario y extraordinario, su quince al millar en cada un año, repartidos en tres tercios iguales; - veintidós reales de vellón y veinte maravedíes;- de cientos; trescientos; -veintisiete reales y treinta maravedíes; - de alcabalas; - cuatrocientos nueve reales y veinte maravedíes- de sisas y nuevos impuestos; -mil ochenta y ocho reales y diez maravedíes, como todo ello constara de la certificación presentada de Reales Tributos.
28º.- A la veintiocho dijeron que no hay cosa de lo que contiene la pregunta.
Este catastro iba principalmente dirigido a unificar la gran cantidad de impuestos que existía en el reino, de ahí el detallado de todo tipo de animales y propiedades, considero que pretendíó hacer justicia, tanto tienes tanto pagas, pero no se llegó a aplicar. ¿Adivinar quién se opuso a ello? Pues como siempre la nobleza y la Iglesia que eran los grandes propietarios de tierras y casas. Joer que tiempos. Un saludo.
Barbadillo53
17º.- A la pregunta diecisiete dijeron que en este lugar no hay minas, salinas, ni otra cosa de lo que contiene la pregunta.
18º.- A la dieciocho dijeron que en este lugar y su término no hay esquilmo ni esquileo, porque cada uno esquila y esquilma en su casa el ganado que tiene.
19º.- A la diecinueve respondieron que no hay colmenas en el término.
20º.- A la veinte dijeron que en este lugar hay las especies de ganados siguientes: cuarenta bueyes de labor; treinta vacas de paso; doce novillas; ocho erales; seis añojos; dos terneros; seis yeguas; un caballo de paso; tres potros; jumentos y jumentas de paso sesenta; pollinos de cría veinte; ciento cincuenta cerdos de sobre año; cincuenta de año; y ciento treinta de cría; quince carneros padres; mil ovejas; seiscientos corderos; ciento veinte carneros; doscientas cabras; cuarenta machos cabríos; cincuenta chivos; y cincuenta borregos cuyas especies de ganados son de los vecinos de este lugar; por lo que mira a los de la labor y vacuno, se mantienen mediante “pesebre”, a distinción de los meses de Abril, Mayo y Junio que pastaron en los prados concejiles y por lo que respecta a las demás especies de ganado expresados los mantienen, desde San Martín hasta Abril del año siguiente en los invernaderos que les dan acogida, de que no tienen casa fija y los restantes meses del año en el término de este lugar, cuidando cada uno los que les corresponde por sí o por sus criados. Correspondiendo especialmente del ganado lanar a Andrés Mediero como unas seiscientas cabezas; a María Sánchez ciento sesenta, a Francisco García cuarenta y como unas cuatrocientas que componen los demás vecinos que son las que regularmente tiene el pueblo en esta especie.
21º.- A la veintiuna pregunta dijeron que esta población se compone de ochenta y cuatro vecinos, incluidas viudas, beneficiados y cura y que no hay en las casas de campo o alquerías por no haberlas en el término.
22º.- A la veintidós dijeron que en este lugar hay ochenta y siete casas habitables, las ochenta con morador y las siete sin él; dos arruinadas y veinticinco pajares así como dos casas paneras.
23º.- A la veintitrés dijeron que en este lugar y su concejo solo tienen de propio el corral que sirve para encerrar los ganados que hacen daño, el que nada les produce, como resultara de las cuentas de Propios de que se ha dado certificación.
24º.- A la veinticuatro respondieron que el común de este lugar, no disfruta arbitrio alguno, que el que por propia, sin concesión alguna, tiene de aprovecharse el abasto de la taberna, el que por un quinquenio, podrá producir en cada un año seiscientos reales de vellón, cuya cantidad convierte en las precisas urgencias, como también resultara de las cuentas de dicho concejo.
25º.- A la pregunta veinticinco dijeron que el común de este lugar tiene de gastos en cada un año; La satisfacción del salario del fiel de fechos (secretario); Hijuela de gastos de la tierra; Predicación de Semana Santa; Locos de Valladolid; Misas de Buenos Temporales; Beredero de Bulas; Casa Santa de Jerusalén; Ayuda de locos; del pósito (utilización) de la tierra; de Sta. Bárbara; Convertidos de Sta. Fe, los que con otros mostrará las cuentas a esta Audiencia y que aproximadamente cada año ascienden a ochocientos reales de vellón.
26º.- A la veintiséis dijeron que el común de este lugar no tiene cargo alguno de este curso ni cosa que contiene la pregunta.
27º.- A la veintisiete respondieron que este lugar paga a Su Majestad, que Dios guarde, por razón de servicio ordinario y extraordinario, su quince al millar en cada un año, repartidos en tres tercios iguales; - veintidós reales de vellón y veinte maravedíes;- de cientos; trescientos; -veintisiete reales y treinta maravedíes; - de alcabalas; - cuatrocientos nueve reales y veinte maravedíes- de sisas y nuevos impuestos; -mil ochenta y ocho reales y diez maravedíes, como todo ello constara de la certificación presentada de Reales Tributos.
28º.- A la veintiocho dijeron que no hay cosa de lo que contiene la pregunta.
Este catastro iba principalmente dirigido a unificar la gran cantidad de impuestos que existía en el reino, de ahí el detallado de todo tipo de animales y propiedades, considero que pretendíó hacer justicia, tanto tienes tanto pagas, pero no se llegó a aplicar. ¿Adivinar quién se opuso a ello? Pues como siempre la nobleza y la Iglesia que eran los grandes propietarios de tierras y casas. Joer que tiempos. Un saludo.
Barbadillo53