Quisiera matizar un par de
mensajes que he leido en esta página. La Srta. Secretaria en un
Ayuntamiento está para desempeñar dos tipos de funciones; A) La Fé Pública, y B) El asesoramiento legal preceptivo. Así pues, no es tarea de la Secretaría pedir subvenciones, sino que ello es responsabilidad del Sr. Alcalde, (elegido democráticamente por los vecinos del
pueblo, no lo olvidemos), es decir, que sea el Alcalde el que inste el inicio del expediente, sin olvidar que muchas de ellas, de las subvenciones,
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