Y tambien que el Sr. Cura que es o fuere de dicho lugar, tenga la obligacion a dar a los vecinos cada dia de San Esteban tres cantaras de vino, doscientas camuesas, y ocho obladas, por razon de la casa del curato que tienen los vecinos a darle y asi mismo deba dar un cuartal de castañas
(ordenanzas del año mil seiscientos cuarenta)
(ordenanzas del año mil seiscientos cuarenta)