LA NUEZ DE ARRIBA: Ejercer el derecho de pernada ...

Ejercer el derecho de pernada
Dícese del que hace un uso abusivo del poder o de la autoridad.

Derecho de pernada aparece en la edición de 1899 del Diccionario de la Real Academia Española con el significado: «derecho que se atribuían ciertos señores feudales, de entrar en el lecho de la desposada antes que el marido, y que se rescataba por una suma de dinero».

Este derecho, no documentado ni refrendado por ninguna norma escrita conocida, alude al ius primae noctis o prerrogativa del señor feudal para, entre sus siervos, mantener relaciones sexuales con la recién casada antes que el marido, y que —se hiciera de manera real o simbólica— era un ritual indeseado de vasallaje. De ahí que con el tiempo esta expresión se aplicara a todo ejercicio abusivo de autoridad.