EXPEDIENTE OHANES (4)
(Donde sigue el Expediente de 1734 sobre la escuela de Ohanes. Se ve que la viga aguanta.)
Don Celedonio González García de García González. Escribano de la Villa de Ohanes de las Alpuxarras, partido de Uxixar, reino de Granada. Digo, declaro y doy fe, de cuanto en esta información del maestro de primeras letras de esta localidad, sobre una viga que dice el primero al Sr. Alcalde, o sea el segundo, está partida en el techo de su clase. Mi información imparcial, desapasionada y verídico, como corresponde a mi profesión es el siguiente. Si la viga cae y amenaza peligro, puede ocurrir:
a) que mate al maestro, en cuyo caso esta corporación se ahorrará los quinientos reales que le paga.
b) que matase a los niños y no al maestro, en cuyo caso sobraba el maestro.
c) que matase a los niños y al maestro, en cuyo caso sobraba ocurriendo en este caso, como suele decirse que mataban dos pájaros de un tiro.
d) que no matase a nadie, en cuyo supuesto no hay por que alargarse.
Examinados en derecho las causas y efectos que anteceden emito informe, honrado y leal, cumpliendo con ello un deber de conciencia.
En Ohanes de las Alpuxarras a 15 de mayo de 1736.
Celedonio González García (firmado y rubricado)
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(Este es el famoso expediente, pero buscando en el Archivo Municipal de Ohanes hemos encontrado otro interesante legajo, del cual transcribimos textualmente el siguiente documento, con el cual se aclara este asunto de la dichosa viga:) (Continuará)
(Donde sigue el Expediente de 1734 sobre la escuela de Ohanes. Se ve que la viga aguanta.)
Don Celedonio González García de García González. Escribano de la Villa de Ohanes de las Alpuxarras, partido de Uxixar, reino de Granada. Digo, declaro y doy fe, de cuanto en esta información del maestro de primeras letras de esta localidad, sobre una viga que dice el primero al Sr. Alcalde, o sea el segundo, está partida en el techo de su clase. Mi información imparcial, desapasionada y verídico, como corresponde a mi profesión es el siguiente. Si la viga cae y amenaza peligro, puede ocurrir:
a) que mate al maestro, en cuyo caso esta corporación se ahorrará los quinientos reales que le paga.
b) que matase a los niños y no al maestro, en cuyo caso sobraba el maestro.
c) que matase a los niños y al maestro, en cuyo caso sobraba ocurriendo en este caso, como suele decirse que mataban dos pájaros de un tiro.
d) que no matase a nadie, en cuyo supuesto no hay por que alargarse.
Examinados en derecho las causas y efectos que anteceden emito informe, honrado y leal, cumpliendo con ello un deber de conciencia.
En Ohanes de las Alpuxarras a 15 de mayo de 1736.
Celedonio González García (firmado y rubricado)
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(Este es el famoso expediente, pero buscando en el Archivo Municipal de Ohanes hemos encontrado otro interesante legajo, del cual transcribimos textualmente el siguiente documento, con el cual se aclara este asunto de la dichosa viga:) (Continuará)
EXPEDIENTE OHANES (5)
(Donde termina la historia de la viga de la escuela de Ohanes)
Yo, don Joseph Sancho Mengíbar, cronista oficial de la Villa de Ohanes de las Alpuxarras, declaro por mi honor ser ciertos los hechos que a continuación describo para que de ellos quede constancia en Histórico Archivo de esta villa, lamentando que la índole de los mismos ponga un hito trágico en los bucólicos anales de este pueblo.
El día catorce de octubre del año de Nuestro Señor Jesucristo, mil setecientos cuarenta, siendo alcalde de esta villa Don Bartolomé Zancajo y González Zancajo, y siendo las doce de su mañana, se hundió el techo del salón de la escuela de esta localidad, pereciendo en el siniestro el señor maestro de primeras letras Don Menón Garrido Martín y los catorce niños que en aquellos momentos daban su clase.
Después de laboriosos trabajos fueron extraídos de los escombros los cadáveres de las víctimas y trasladados al depósito del Cementerio Municipal, acompañados del pueblo en masa, que era partícipe por entero del dolor que significaba tal catástrofe, ya que a todos más o menos directamente les alcanzaba, dado el número tan elevado de inmolados en aras de la cultura.
Abierto el oportuno expediente, se ha podido comprobar que por parte de la autoridad competente se tomaban periódicamente todas las medidas encaminadas a velar por el buen funcionamiento del sagrado recinto; y como pruebas concluyentes se presentó expediente incoado al efecto, que dos peritos albañiles y el ilustre escribano de esta villa, informaban sobre el buen estado del local, en fecha muy próxima al suceso, ya que los informes datan del quince de mayo de 1736; quedando plenamente demostrado que únicamente un accidente fortuito fue el responsable del hundimiento.
Ohanes de las Alpuxarras a 15 de diciembre de 1740.
Joseph Sancho (firmado y rubricado)
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Jo... con el accidente fortuito.
(Donde termina la historia de la viga de la escuela de Ohanes)
Yo, don Joseph Sancho Mengíbar, cronista oficial de la Villa de Ohanes de las Alpuxarras, declaro por mi honor ser ciertos los hechos que a continuación describo para que de ellos quede constancia en Histórico Archivo de esta villa, lamentando que la índole de los mismos ponga un hito trágico en los bucólicos anales de este pueblo.
El día catorce de octubre del año de Nuestro Señor Jesucristo, mil setecientos cuarenta, siendo alcalde de esta villa Don Bartolomé Zancajo y González Zancajo, y siendo las doce de su mañana, se hundió el techo del salón de la escuela de esta localidad, pereciendo en el siniestro el señor maestro de primeras letras Don Menón Garrido Martín y los catorce niños que en aquellos momentos daban su clase.
Después de laboriosos trabajos fueron extraídos de los escombros los cadáveres de las víctimas y trasladados al depósito del Cementerio Municipal, acompañados del pueblo en masa, que era partícipe por entero del dolor que significaba tal catástrofe, ya que a todos más o menos directamente les alcanzaba, dado el número tan elevado de inmolados en aras de la cultura.
Abierto el oportuno expediente, se ha podido comprobar que por parte de la autoridad competente se tomaban periódicamente todas las medidas encaminadas a velar por el buen funcionamiento del sagrado recinto; y como pruebas concluyentes se presentó expediente incoado al efecto, que dos peritos albañiles y el ilustre escribano de esta villa, informaban sobre el buen estado del local, en fecha muy próxima al suceso, ya que los informes datan del quince de mayo de 1736; quedando plenamente demostrado que únicamente un accidente fortuito fue el responsable del hundimiento.
Ohanes de las Alpuxarras a 15 de diciembre de 1740.
Joseph Sancho (firmado y rubricado)
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Jo... con el accidente fortuito.