HERMOSILLA: Ayuntamiento de Oña....

HERMOSILLA clausura su iglesia por riesgo de derrumbe.

Antes de publicar cosas en el foro. Tendrías que contrastar la información. La iglesia no está clausurada como dice el artículo del periódico. La clasuracion de la iglesia sólo la puede hacer un arquitecto técnico. Yo que sepa cuando se publicó el artículo ningún arquitecto técnico avía venido a revisarla.
Por lo tanto no está clausurada.
Si que es verdad que tiene un deterioro en el campanario pero es una grieta que lleva más de diez años.
También tiene un deterioro en uno de los arcos interiores. Exactamente el que está encima del coro.
Se que la junta vecinal esta trabajado en todo esto. Incluso yo he visto hasta que la abren para ventilar. Incluso hicieron un informe del estado de la iglesia que se mandó a Oña y Oña lo aprobó en el pleno donde después se mandó el informe al obispado.
Creó que los tres mosqueteros o cuatro como a puesto alguien en este foro lo están haciendo de cine.

Ayuntamiento de Oña.

Junta de Gobierno Local del 27 de julio de 2021

Expediente número: Órgano Colegiado:
JGL/2021/013 Junta de Gobierno Local

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* Expediente 498/21 incoado por el estado de un edificio en la localidad de Hermosilla (Iglesia) situada en calle Mayor número 42 cuyo titular catastral es el Arzobispado de Burgos.

En el expediente consta el informe técnico en el que se señala que existen una serie de grietas en los muros y en los arcos de ladrillo del campanario; existen diversas grietas en los muros de carga de piedra; se han desprendido zonas de revestimiento de las bóvedas interiores; existen fisuras en las bóvedas interiores…

Por todo ello es necesario realizar las siguientes actuaciones:

-Acordonar y balizar el perímetro de la iglesia para impedir el tránsito de personas y de tráfico rodado junto a la fachada;

-Proceder a la comprobación del estado de las cubiertas y de los forjados con el fin de comprobar su estado y la afección de los mismos al resto del inmueble;

-Actuar en el origen de las grietas existentes, para evitar que sigan aumentando, para posteriormente sanearlas y sellarlas…

Examinado el mismo, vistos los informes, y por unanimidad de los miembros de derecho, se acuerda:

PRIMERO: Incoar, al amparo de lo establecido en los artículos 8 y 106 de la Ley 5/99, de Urbanismo de Castilla y León y artículos 14 y 319 del Reglamento aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, expediente para la adopción de las medidas necesarias para la eliminación del peligro existente y manteniendo en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público.

Todo ello según la orden de ejecución que queda detallada en el informe técnico trascrito.

SEGUNDO: Previa a la resolución definitiva sobre las medidas de ejecución señaladas, otorgar un periodo de audiencia de quince días a los interesados.

TERCERO: Requerir a la propiedad para que, de forma inmediata, se proceda a la adopción de las medidas necesarias sobre dicho muro para evitar daños a terceros (señalización, eliminación de los elementos que amenazan con desplomarse etc.).

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Y no habiendo más asuntos de qué tratar, la Presidencia dio por terminado el acto, levantándose la sesión a la hora indicada al inicio, de lo que yo, como Secretario doy fe y reflejo en la presente acta.

Documento firmado digitalmente al margen por el Secretario, D. Emilio Moro Martín, con el Visto Bueno del Alcalde-Presidente D. Arturo Luis Pérez López.