A los contratistas les corresponde dotar a los temporeros de unas minimas condiciones higiénicas y sanitarias, así como un techo en el que residir durante sus días de trabajo. Al Ayuntamiento y sólo al Ayuntamiento, le corresponde velar porque ésto se cumpla. Al Ayuntamiento y sólo al Ayuntamiento, le corresponde vigilar por la seguridad de los ciudadanos de su localidad, y por la seguridad de los trabajadores que vienen a la localidad a desempeñar su trabajo. A nosotros nos corresponde denunciar ... (ver texto completo)