Continuación del proyecto de estatuto:
Artículo 5: Todos lo cabañiles podrán solicitar que se cambien las fechas de sus
fiestas patronales, si así lo creen oportuno.
Artículo 6: Todos los cabañiles tienen derecho a circular libremente dentro de la nación de Cabañas sin que pueda ser limitado este derecho salvo por motivos de seguridad.
Artículo 7: Todos los cabañiles pueden adoptar personas o animales en número ilimitado de ambos sin que puedan exirtir impidimentos por parte de las
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