La ley dispone que no podra ser elegido concejal:quien en los doce meses anteriores a la fecha de eleccion haya ejercido como empleado publico, jurisdiccion o autoridad politica, civil, administrativa o militar en el respectivo municipio o ccomo empleado publico y ordenador de gastos haya intervenido en la ejecucion de contratos que deban cumplirse en el respectivo municipio.quien en el año anterior a la eleccion y en interes propio haya intervenido en la gestion de negocios ante entidades publicas ... (ver texto completo)