COMO ES POSIBLE QUE EN LA WEB MUNICIPAL EMPIECE EL PLAN DE ORDENACIóN MUNICIPAL EN ESTE PUNTO???
ESO ES QUE NO ESTá APROBADO
CAPITULO 5º - NORMAS GENERALES DE LA EDIFICACIóN:
Artículo 5.01.- Condiciones Generales de los Usos:
Las Condiciones Generales de los Usos son aquellas a las que han de sujetarse las diferentes
Actividades, para poder ser desarrolladas en los lugares, que para ello se dispone en el Plan de
Ordenación, o en el Planeamiento que desarrolla.
Artículo 5.01.01.- Aplicación:
1) Las condiciones generales de los usos edificables serán de aplicación en la forma y
Circunstancias que para cada uno de ellos se establece.
2) Además de las condiciones generales que se señalan para cada uso, deberán cumplir, si
Procede, las generales de edificación y de su entorno y de cuantas se deriven de la regulación
Que corresponda a la zona en que se encuentre.
3) No serán de aplicación a los usos existentes, salvo que en ellos se hagan obras que afecten
A los elementos o parámetros que particularmente se regulan en este título.
4) En todo caso, deberán satisfacer la Normativa Supramunicipal, que les fuere de aplicación.
ESO ES QUE NO ESTá APROBADO
CAPITULO 5º - NORMAS GENERALES DE LA EDIFICACIóN:
Artículo 5.01.- Condiciones Generales de los Usos:
Las Condiciones Generales de los Usos son aquellas a las que han de sujetarse las diferentes
Actividades, para poder ser desarrolladas en los lugares, que para ello se dispone en el Plan de
Ordenación, o en el Planeamiento que desarrolla.
Artículo 5.01.01.- Aplicación:
1) Las condiciones generales de los usos edificables serán de aplicación en la forma y
Circunstancias que para cada uno de ellos se establece.
2) Además de las condiciones generales que se señalan para cada uso, deberán cumplir, si
Procede, las generales de edificación y de su entorno y de cuantas se deriven de la regulación
Que corresponda a la zona en que se encuentre.
3) No serán de aplicación a los usos existentes, salvo que en ellos se hagan obras que afecten
A los elementos o parámetros que particularmente se regulan en este título.
4) En todo caso, deberán satisfacer la Normativa Supramunicipal, que les fuere de aplicación.